La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ratificó la medida cautelar impuesta por el Juzgado Federal de Río Grande que suspendió los cortes al servicio de gas por falta de pago en la provincia de Tierra del Fuego.

La Cámara presidida por Javier Leal de Ibarra resolvió rechazar “el recurso de queja deducido por la representante legal del Estado Nacional, el Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía, contra el decreto de fecha 31 de mayo de 2024 que concede con efectos devolutivos el recurso de apelación instado por su parte”.

De esta forma, se confirmó la medida cautelar interina que ordena al Gobierno nacional a instruir a Camuzzi Gas del Sur S.A. para que se abstenga de llevar a cabo cortes o suspensión del suministro del servicio de gas por falta de pago de la facturación emitida a partir del cuadro tarifario ordenado por las Resoluciones S.E. N°41/24 y 122/24 del ENARGAS con relación a los usuarios y consumidores del servicio público de gas por redes de la subzona tarifaria “Tierra del Fuego”.

“Advertimos que la Resolución 41/2024 de la Secretaría de Energía permitió que los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) fueran nominados en dólares estadounidenses (USD) y trasladados a los usuarios finales por períodos: del 1 al 30 de abril; del 1 de mayo al 30 de septiembre, y del 1 de octubre al 31 de diciembre del corriente año”, señalaron los magistrados.

A eso agregaron que las facturas que se aportaron a la causa judicial marcan que “las variaciones de la facturación sufrieron un aumento exponencial, pese a no verificarse un mayor consumo”. Sobre ese punto los camaristas agregaron que esa circunstancia “podría poner en peligro la continuidad del servicio, que podría verse interrumpido por falta de pago, tratándose del suministro de un servicio esencial que, incluso ha sido reconocido como derecho humano y no simple mercadería”.

La Cámara consideró el gas como un servicio esencial para una zona del país como Tierra del Fuego y que la suspensión del servicio se da en una medida cautelar interina que tiene vigencia hasta que se resuelva el fondo del reclamo, por lo que su vigencia no es permanente. Si podría serlo si la justicia considera inconstitucional el incremento que es el pedido que hizo el gobierno de la provincia en la causa judicial.

“Se trata de garantizar la continuidad del suministro de un servicio público imprescindible, íntimamente vinculado a la calidad de vida de la población, por un breve período pues la vigencia de esta tutela precautoria ha sido debidamente establecida y su finalización ocurrirá en breve tiempo, en tanto ha sido supeditada a la contestación de los informes del art 4to de la ley 26854, como actividad procesal que deben desplegar las propias accionadas”, dijeron los camaristas sobre ese punto.

Al respecto, el gobernador de Tierra del Fuego, Gustavo Melella, destacó la resolución de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia de rechazar el recurso de queja presentado desde el Gobierno nacional contra la medida cautelar interina que se dispuso desde el Juzgado Federal en Río Grande.

“Esta medida había sido dispuesta como respuesta al recurso de amparo colectivo que presentamos el pasado 23 de mayo ante el desmedido aumento en la tarifa de gas en nuestra provincia”, escribió el mandatario provincial en sus redes sociales.

“La iniciativa que llevó el respaldo de miles de vecinos y diversas instituciones sociales, políticas, sindicales, sigue su curso. Mientras tanto, la empresa Camuzzi Gas del Sur debe abstenerse de cortar o suspender el servicio de gas a los usuarios fueguinos por falta de pago“, concluyó.

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