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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Cruz aplicó una multa de 126.714.480 pesos a la Asociación Docentes de Santa Cruz (ADOSAC) por no acatar la conciliación obligatoria dictada en el conflicto con el Consejo Provincial de Educación (CPE).

La sanción fue dispuesta tras comprobarse que el gremio docente llevó adelante medidas de fuerza los días 7 y 8 de julio de 2025, pese a haber sido notificado de la conciliación obligatoria ordenada de oficio mediante la Disposición ST Nº 0211/2025, en el marco de la Ley Provincial Nº 2.450 de Procedimiento Administrativo Laboral.

La marcha de ADOSAC, protestando por los descuentos aplicados a quienes adhirieron a las medidas de fuerza. (FOTO: JOSÉ SILVA/LOA).

Según el Ministerio, ADOSAC incumplió de manera manifiesta la orden de cese inmediato de las medidas de acción directa, lo que quedó acreditado tanto por la presentación formal del propio sindicato anunciando el paro como por la amplia difusión pública de las protestas y los informes oficiales del CPE. Las medidas provocaron la suspensión de clases en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial.

La sanción aplicada a ADOSAC por parte del Ministerio de Trabajo de la provincia.

Entre los argumentos centrales, la cartera laboral sostuvo que el incumplimiento de la conciliación obligatoria constituye una infracción grave, expresamente sancionada por la ley provincial, y recordó que la obligatoriedad de ese mecanismo fue ratificada en reiteradas oportunidades por la Justicia provincial, tanto en primera instancia como por la Cámara de Apelaciones. En esos fallos se estableció que la conciliación no es voluntaria y que su desconocimiento configura una conducta antijurídica.

El Ministerio también remarcó el carácter reincidente del gremio, la reiteración de paros durante el ciclo lectivo —23 días de medidas de fuerza en el primer semestre— y el impacto directo de las protestas sobre el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes, protegido por la Constitución Nacional y tratados internacionales.

ADOSAC, a principios del año 2025, en un reclamo en la sede del Consejo de Educación. (FOTO: LEANDRO FRANCO/ LA OPINIÓN AUSTRAL).

Si bien el dictamen legal inicial había calculado una multa superior a los 13.800 millones de pesos, en función de la cantidad de docentes adheridos y el salario testigo de la categoría Maestranza InicialA”, la autoridad laboral decidió graduar la sanción y fijarla en un monto equivalente a 100 salarios de referencia, por considerarlo razonable y proporcional.

Finalmente, el Ministerio aclaró que la sanción no persigue un fin meramente punitivo, sino garantizar el cumplimiento de la ley, restablecer el diálogo entre las partes y resguardar el derecho a la educación, advirtiendo que, de no abonarse la multa en el plazo establecido, se avanzará con el cobro judicial correspondiente.

Ante esto, desde la Asociación Docentes de Santa Cruz (ADOSAC) adelantaron –a través de las redes sociales- que los abogados de esa entidad “están preparando las presentaciones legales correspondientes para apelar está injusta resolución”.

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