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Un inesperado cruce se dio este sábado entre un funcionario del Gabinete municipal de Pablo Grasso y uno de los concejales del bloque de SER. ¿El motivo? La obra de la autovía 17 de Octubre que, en distintas etapas, pasará a ser una avenida. “No estamos en contra de las obras de infraestructura, que son necesarias para la ciudad, pero deben hacerse de forma responsable y conforme a las normas vigentes. No se puede incorporar al patrimonio municipal algo que no fue legalmente cedido“, advirtió al sitio web Nuevo Día, el edil Ayrton Ruay (SER)
Según argumentó, en el artículo 3 del instrumento legal enviado por el Ejecutivo municipal al Concejo Deliberante se establece la incorporación de los tramos comprendidos de la Ruta Nacional N°3 al patrimonio de la ciudad. Sostuvo que esta disposición vulnera el artículo 75 de la Constitución Nacional, que en su inciso 5 establece que “es facultad del Congreso disponer del uso y la enajenación de las tierras de propiedad nacional”.
Sobre este tema, el secretario de Legal y Técnica, Gonzalo Chute, afirmó en redes sociales: “De estas declaraciones del concejal Ruay noto algo grave: El concejal ni siquiera se tomó el trabajo de leer el expediente que fue remitido al Concejo Deliberante para perfeccionar el traspaso definitivo de la Autovía a la órbita del Municipio de Río Gallegos, porque todas las cuestiones que plantea están allí explicadas”.

Luego, manifestó: “Tampoco se tomó el trabajo de leer la Ley (o sea, aprobada por el Congreso) de creación de la Dirección Nacional de Vialidad, de donde sale su potestad directa de transferir mediante convenio las trazas de rutas nacionales”. Chute afirmó que “todas sus dudas se despejaban si se dignaba a por lo menos abrirlo: En el expediente (que es en el que se viene tramitando el traspaso desde el año 2006, el 5793/2006) obran el Convenio de Traspaso suscrito en el año 2003, sus respectivas ratificaciones y convalidaciones tanto de Vialidad como del Municipio e incluso los distintos dictámenes legales de la Dirección Nacional de Vialidad y de las diversas Asesorías Letradas del Municipio del 2003 en adelante“.
Pero “incluso, si no quería leer el expediente ni las leyes, él o alguno de sus asesores podrían haber googleado ‘convenio transferencia ruta nacional‘ y ver que fue de esta forma como se transfirieron las rutas nacionales en toda la república argentina desde que Vialidad Nacional existe: mediante un Convenio entre esa entidad y la Provincia o Municipio que asume la responsabilidad sobre dichas trazas (en caso de las Provincias se ratifica por Ley y en caso de los Municipios se ratifica desde ya por Ordenanza, en el caso de Vialidad se ratifica o convalida por Resolución del Administrador, cuestión que el órgano cumplió en 2003, pero quedaba pendiente la aprobación del inventario y el acta de posesión por parte de la Municipalidad)”.
“No requería mucho trabajo, alcanzaba con ver los primeros resultados de la búsqueda” y Chute añadió: “Tampoco leyó la Constitución Provincial al decir que falta la intervención del Gobierno Provincial: los Municipios de la provincia de Santa Cruz somos plenamente autónomos y tenemos plena competencia para suscribir convenios, adquirir bienes y regir sobre el tráfico dentro del ejido urbano (Art. 141 y 150)”, dijo.
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