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La Justicia avanzó en dos causas que pesaban sobre el exempresario Lázaro Báez. En una de ellas fue beneficiado, mientras que en la restante el máximo tribunal rechazó un planteo de su defensa para cerrar una causa por la presunta evasión tributaria y aportes de la seguridad social de la empresa Austral Construcciones SA.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la presentación porque no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. La defensa había llegado hasta esa instancia a través de un recurso extraordinario para que el Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 extinguiera la acción penal, argumentando el pago de impuestos por unos 600 millones de pesos en el expediente de la quiebra.

Tanto la fiscalía como la querella se opusieron al planteo. Sostuvieron que en los delitos tributarios no es posible la reparación integral y señalaron que dicho pago no estaba debidamente acreditado.

Por su parte, la AFIP indicó que no se podían imputar esos pagos porque no eran concretos, sino que tenían un carácter condicional. El tribunal en lo penal económico rechazó entonces el planteo de Báez de tomar el pago como una reparación del daño, decisión que luego fue ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal.

Allanamiento a Austral COnstrucciones. Foto: OPI Santa Cruz/Francisco Muñoz

A favor

Donde sí recibió una buena noticia el empresario fue en el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3, que lo sobreseyó parcialmente al aplicar el beneficio de la nueva Ley de Inocencia Fiscal. Se le reclamaba el pago del IVA y Ganancias de los períodos 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, pero la mayoría de estos quedaron comprendidos por los nuevos pisos fijados por la normativa.

La Ley de Inocencia Fiscal estableció que para considerar evasión el monto debe ser superior a 100.000.000 de pesos por cada tributo y ejercicio anual. Para la evasión agravada, el monto mínimo se fijó en 1.000.000.000 de pesos, mientras que para el uso de facturas falsas el piso es de 100.000.000 de pesos.

El fiscal general Diego Velasco se opuso a estos beneficios, argumentando que la Ley 27.799 representa únicamente una actualización de montos por depreciación monetaria y no una ley penal más benigna. Sin embargo, los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli aplicaron el criterio de la nueva ley.

Debido a esto, Lázaro Báez solo será juzgado en juicio oral por la deuda correspondiente al año 2012. El sobreseimiento parcial también alcanzó a sus hijos Martín, Luciana y Leandro Báez, además de otros colaboradores como Julio Mendoza, César Andrés y Claudio Bustos.

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