Eso será en lo que hace al consumo del gas. El ente aprobó el viernes la resolución en ese sentido. Regirá por mayo y junio. A quienes ya se les facturó el mes pasado con la tarifa social restringida, tendrán un crédito para la próxima factura. El alivio es sólo parcial, ya que en julio volverá el tope de consumo bonificado, justo cuando se está en pleno período invernal.

El directorio del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó, el viernes pasado, una resolución en la que instruye a las distribuidoras de gas que vuelvan a aplicar una bonificación de 100% en el precio del gas natural a los beneficiarios de la tarifa social, durante los meses de mayo y junio. De este modo, quedan en suspenso por sesenta días los recortes en la bonificación que habían sido aprobados en la audiencia pública de noviembre del año pasado.
Con el cambio, si bien es cierto que en mayo y junio habrá alivio para los beneficiarios, la restricción volverá a regir en julio, cuando estaremos en pleno invierno en el país y el consumo crece en función del frío.

No habrá refacturación
La decisión del Enargas establece en su artículo segundo que en el caso de la facturación de mayo, si la misma ya hubiera sido emitida, no se hará una refacturación, sino que el usuario podrá tomar el monto excedente como “crédito” para boletas futuras.
En ese sentido, el organismo regulador instruye a las distribuidoras de gas (por caso, en Santa Cruz serían Camuzzi Gas del Sur y Distrigas SE) a efectuar los cálculos pertinentes a fin de determinar la diferencia que corresponda y proceder a asignar el crédito que surja por la bonificación de tales días en la próxima factura.
Según se supo, esta decisión sería parte de lo acordado en la Coalición de Gobierno, a pedido del titular de la UCR y gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, en el encuentro que se dio en abril por la situación de las tarifas. Del mismo también surgió la propuesta de prorratear el pago de las tarifas de gas correspondientes a los dos bimestres de mayor consumo, algo que el gobierno ya venía preparando, como esta decisión de suspender por dos meses los cambios que se introdujeron en la tarifa social.
Si bien el Ministerio de Energía dispuso la suspensión el 23 de mayo, por Resolución 218/18, faltaba que el Enargas instruyera a las distribuidoras que pusieran en práctica los cambios, algo que se hizo el viernes y se publicó en el Boletín Oficial de ayer.

Un beneficio escaso
El esquema de tarifa social se aplica desde marzo de 2016, cuando, en paralelo a la suba de los precios del gas en boca de pozo, se estableció además que los usuarios residenciales más vulnerables tendrían una bonificación de 100% en el precio del gas natural que consumiesen, debiendo abonar los costos de transporte y distribución incluidos en la factura.
La lista de beneficiarios incluye a jubilados, pensionados, trabajadores en relación de dependencia y monotributistas que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos, inscriptos en el monotributo social, empleadas del servicio doméstico, personas que cobran seguro de desempleo, beneficiarios de programas sociales, discapacitados y titulares de pensión vitalicia por ser veteranos de guerra.
En la actualidad, los dos SMVM ponen un tope de ingresos de $ 19.000 hasta el mes de julio, cuando el salario mínimo se volverá a actualizar. Al día de hoy, aún existen personas alcanzadas por este rango de ingresos que no acceden a la tarifa social, ya sea porque no la tramitaron o bien porque no son los titulares del servicio, como habitualmente ocurre en el caso de viviendas en alquiler.

Restricción del beneficio
En noviembre del año pasado, el Ministerio de Energía restringió el descuento a través de la Resolución 474-E/17. En su artículo 4, la norma dice que la bonificación será de 100%, pero sólo sobre un bloque de consumo base determinado en el anexo II de esa resolución y de 75% sobre un segundo bloque, “cuyo volumen será igual al de dicho bloque de consumo base”. Por último, dice que “los consumos por encima del bloque identificado en el apartado b (los que están alcanzados por el descuento del 75%) se abonarán al 100% del precio del gas natural o del gas propano indiluido”.
Esto implica que, en la práctica, los beneficiarios de la tarifa social podrán gozar de ella sólo hasta un tope de consumo. Si se pasan de él, dicho excedente deberán pagarlo a precio normal.

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