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Los ciudadanos de Tierra del Fuego volverán a pagar las tarifas de gas con los aumentos estipulados tras la quita de subsidios del Gobierno Nacional. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia revocó el fallo judicial presentado por el Gobierno de Tierra del Fuego junto a la jueza Mariel Borruto en mayo de este año, para frenar los fuertes incrementos de las tarifas que afectaban a miles de usuarios en la provincia.
La Cámara resolvió los cuestionamientos de la Secretaría de Energía, ENARGAS y Camuzzi a la medida cautelar de la jueza Federal de Rio Grande, Mariel Borruto, que suspendía los aumentos de manera provisoria (por el plazo de tres meses). De esta manera decidió en contra de lo decidido por la jueza respecto de los aumentos, pero dejó vigente la prohibición de cortar el suministro. Ahora queda esperar a la resolución definitiva del caso por la jueza y a lo que diga al respecto la Cámara en una eventual apelación.
A pesar de esta resolución dictada por los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, se mantendrá la vigencia de la medida cautelar que prohíbe cortar los suministros de gas por falta de pago hasta tanto se tramite este proceso y se dicte la sentencia definitiva.
De esta manera la empresa de gas Camuzzi podrá aplicar los aumentos tarifarios estipulados, por lo que se volverán a cobrar las tarifas del servicio con los valores actualizados.
La Justicia también rechazó el pedido cautelar que consistía en ordenar a las demandadas que instruyan a que Camuzzi proceda a la devolución y/o compensación a los usuarios y consumidores de cualquier eventual tarifa abonada en exceso en virtud de los actos cuestionados.
“Que las argumentaciones que llevaron a esta Alzada a revocar la decisión recaída en aquellos actuados, resultan plenamente aplicables al sub lite, más allá de los diferentes alcances de la cautela dispuesta en ambos casos, pero que en los dos supuestos fueron sustentadas en que los cuadros tarifarios implementados desde el mes de abril a partir de las Resolución SE 41/2024 y ENARGAS 122/2024 no cumplirían con los requisitos de previsibilidad, proporción y gradualidad para los usuarios del sistema, en los términos de lo establecido en las leyes 24.240 y 24.076”, apunta la resolución judicial.
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