Desde el Gobierno de la Provincia explicaron como será el movimientos en vehículos particulares que se realizará a partir del próximo martes, 5 de mayo, en todo el país, para aquellas personas que quieren retornar a sus localidades de residencia habitual.
En este sentido, tanto el Ministro de Salud y Ambiente como las autoridades de la Subsecretaría de Transporte explicaron la modalidad del proceso que implica el retorno a la provincia de santacruceños y santacruceñas.
Las personas que sean parte de este proceso deberán completar las declaraciones juradas aparte del formulario para la circulación vehicular.
En este sentido, se informa que es la Subsecretaría de Transporte de la provincia llevará adelante el registro de solicitudes en esta oportunidad. Una vez recibida la solicitud, la misma es analizada por el área y enviada a Nación para su autorización.
Las personas recibirán en sus casillas de correo la autorización (esto puede demorar algunos días) y una vez que cuenten con la misma podrán regresar a la provincia, quienes se encuentren en los vehículos autorizados deberán, obligatoriamente, contar con la Declaración Jurada del Ministerio de Salud y Ambiente de la provincia.
La circulación será autorizada, para quienes cuenten con la documentación referida, a partir del 5 de mayo, y como se aclaró previamente refiere solamente a vehículos particulares.
Para ellos deben completar la “Solicitud para el regreso al domicilio habitual Emergencia COVID-19” y la “Declaración Jurada para circulación y permanencia” (COVID-19) según lo establece la Resolución Ministerial MSyA N°0637/20.
Además, desde el Gobierno de Santa Cruz recuerdaron que es obligatorio completar las declaraciones juradas para la circulación en las rutas santacruceñas.
Ambos formularios se encuentran en el siguiente enlace https://circulacion.santacruz.gob.ar/
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