La Cámara de Diputados aprobó la creación de la Defensoría del Pueblo en la provincia de Santa Cruz, una figura institucional que no existía en el territorio y que reduce a cinco la cantidad de provincias argentinas que carecen de este organismo.
Para la ocupación del cargo, se estableció como requisito que el postulante sea abogado con al menos cinco años demostrables en el ejercicio de la profesión, exigencia similar a la requerida para los magistrados. Además, la persona propuesta no podrá inscribirse de forma individual, sino que deberá contar con el respaldo de una asociación para que luego la Cámara de Diputados realice la elección.
El organismo dependerá del Poder Legislativo pero funcionará con autonomía en sus decisiones y atribuciones, teniendo entre sus facultades la intervención ante la vulneración de derechos por parte de organismos estatales y la presentación de pedidos de informes. No obstante, se señalaron observaciones respecto a la iniciativa, indicando que “hay facultades que medio que se entrelazan y que son también potestad de otros organismos ya establecidos del Estado, entonces crear esta figura era como una situación un poco por ahí innecesaria”.
Respecto a la entrada en vigencia de la norma, la ley queda sujeta a la decisión del Poder Ejecutivo provincial, el cual conserva la facultad de vetarla total o parcialmente por razones presupuestarias. En caso de aplicarse un veto, el texto retornará a la Cámara de Diputados, donde se requerirá una mayoría especial de dos tercios de los votos para insistir en su aprobación y promulgación.
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