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El Gobierno nacional estableció nuevas condiciones para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos de salud administrados por el Estado Nacional.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, publicada este martes 11 de agosto en el Boletín Oficial, y contempla un procedimiento específico para la recepción, admisión, atención y cobro de las prestaciones médicas a extranjeros que no tengan residencia permanente en el país. La medida comenzará a tener vigencia a partir de este miércoles 12 de agosto.

El nuevo protocolo se aplica a todas las personas extranjeras que no cuenten con residencia permanente y concurran a establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional en busca de atención médica.

Qué establece la nueva medida

De acuerdo con el procedimiento aprobado, los extranjeros que no puedan acreditar residencia permanente deberán cumplir con alguno de dos requisitos para acceder a una prestación sanitaria habitual: presentar un seguro de salud válido que cubra la atención requerida o realizar el pago previo del arancel correspondiente.

El establecimiento sanitario deberá verificar la existencia, vigencia y alcance de la cobertura presentada. Si el seguro no resulta suficiente para afrontar el costo de la prestación, el paciente podrá abonar la diferencia correspondiente o asumir el valor total de la atención.

Los valores que deberán abonarse serán los establecidos en el Nomenclador de Prestaciones vigente de cada institución.

Las emergencias no podrán ser rechazadas

Uno de los principales puntos del nuevo procedimiento es que las emergencias médicas quedan exceptuadas de estas condiciones.

La normativa establece que no se aplicará el requisito de seguro o pago previo cuando se trate de una situación clínica que implique un riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función, o cuando sea necesaria una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible.

Entre las situaciones contempladas se encuentran los paros cardiorrespiratorios, insuficiencias respiratorias graves, shocks, infartos y otras emergencias cardiovasculares, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias, quemaduras extensas, sepsis e intoxicaciones con compromiso de funciones vitales.

También están incluidas las emergencias obstétricas, como partos inminentes, hemorragias obstétricas, embarazos ectópicos complicados, eclampsia y preeclampsia grave, además de determinadas emergencias pediátricas y neonatales.

La atención de emergencia deberá ser inmediata

El protocolo establece que, si existe alguna duda sobre la condición clínica del paciente al momento de ingresar al establecimiento, deberá prevalecer el criterio de brindar atención sanitaria inmediata.

La evaluación quedará a cargo del profesional de salud responsable y ningún trámite administrativo podrá demorar ni condicionar esa atención.

De esta manera, la clasificación de una prestación como emergencia o como atención sanitaria habitual será competencia exclusiva del profesional de salud que atienda al paciente.

Cómo deberán acreditar la residencia permanente

Los extranjeros que tengan residencia permanente podrán acceder al sistema de salud público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos, pero deberán acreditar esa condición ante el área de Admisión.

Para hacerlo deberán presentar el DNI físico para extranjeros vigente, en el que figure expresamente la categoría de “Residente permanente”.

En caso de extravío o renovación del documento, se podrá presentar de manera temporal la constancia de residencia permanente en trámite emitida por la Dirección Nacional de Migraciones, acompañada por el pasaporte vigente o el documento de identidad del país de origen.

Pago previo para consultas y prácticas programadas

El nuevo procedimiento también establece cómo deberán actuar los establecimientos frente a prestaciones programadas para extranjeros que no tengan cobertura.

En esos casos, la persona será derivada al área de Facturación antes de la consulta, estudio o intervención. Allí se calculará el costo total de la prestación de acuerdo con el nomenclador vigente.

Luego, el paciente deberá abonar el 100% del valor presupuestado en las cajas habilitadas del establecimiento, mediante los medios de pago autorizados o en efectivo en moneda de curso legal.

Una vez realizado el pago, Tesorería emitirá un comprobante que será el documento válido para habilitar la prestación programada.

Qué ocurre después de una emergencia

El procedimiento también contempla qué sucede cuando un extranjero ingresa al hospital por una emergencia y, una vez estabilizado, continúa necesitando atención médica.

Una vez superada la situación de emergencia, el área de Facturación deberá consolidar los gastos generados desde el momento en que cesó la emergencia hasta el alta clínica. Posteriormente, se notificará al paciente o a su representante legal la deuda correspondiente y se le otorgará una instancia de pago en el hospital.

El Gobierno busca ordenar el recupero de costos

La resolución establece además mecanismos específicos para que los hospitales puedan recuperar los costos de las prestaciones brindadas a personas extranjeras con cobertura.

Cuando el paciente cuente con un seguro de salud, el establecimiento deberá conformar un legajo con la documentación correspondiente y comunicar el ingreso a la compañía aseguradora dentro de las primeras 24 horas.

Una vez finalizada la atención, se emitirá la documentación correspondiente y la factura a la compañía de seguros. Las aseguradoras tendrán un plazo de 45 días corridos para realizar el pago. En caso de incumplimiento, el procedimiento contempla el inicio de acciones judiciales para reclamar el monto adeudado.

Auditorías y capacitación

El nuevo protocolo también dispone que los establecimientos sanitarios implementen mecanismos de auditoría para controlar la correcta clasificación de las prestaciones, la percepción de los aranceles y las acciones destinadas al recupero de costos.

Además, deberán capacitar al personal de admisión, facturación, auditoría y asistencia sanitaria para garantizar la correcta aplicación del procedimiento.

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