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El Gobierno suspendió por un año la pauta publicitaria no esencial, de acuerdo con el decreto 89/2023 que consigna hoy el Boletín Oficial.
El decreto establece que sin perjuicio de las obligaciones que pesan sobre el Estado Nacional respecto de la difusión de actos de gobierno y comunicación a los ciudadanos, “en las actuales circunstancias resulta conveniente suspender la realización de campañas no esenciales con el doble objetivo de adecuar las estructuras y procedimientos y hacer más eficiente el gasto“.
Por ese motivo consideró que corresponde discriminar, en lo relativo a la publicidad de los actos de gobierno, “a aquellos en los que la misma resulte necesaria, de aquellos en los que puede ser omitida siguiendo criterios de oportunidad y conveniencia“.
Por ese motivo indicó que en la actual coyuntura “resulta fundamental profundizar los criterios de austeridad y eficiencia en el uso de los escasos recursos públicos existentes, asignándose los mismos a cuestiones prioritarias, bajo las presentes condiciones”.
Y completó que el establecimiento de una suspensión temporal de la realización de campañas de publicidad oficial debe dejar a salvo aquella cuya obligatoriedad derive de la normativa vigente –publicación de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones, entre otros-, así como las excepciones derivadas de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieren sobrevenir.
De este modo, el decreto ordenó la suspensión por un año desde hoy las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso.
E indicó que se podrá, por acto debidamente fundado y siempre que las circunstancias lo hagan oportuno, prorrogar la suspensión.
El gobierno exceptuó de la suspensión los actos de publicidad oficial cuya obligatoriedad surja de la normativa vigente, así como a las campañas que resulten derivadas de casos de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieran sobrevenir.
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