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El Gobierno nacional oficializó dos normativas clave para el rumbo económico del año: la Ley de Presupuesto 2026 y la Ley de Inocencia Fiscal, ambas promulgadas este viernes a través de decretos publicados en el primer Boletín Oficial de 2026.
Mediante el Decreto 932/2025, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Presupuesto 2026, que había sido sancionada de forma definitiva en una sesión especial del Senado el pasado 26 de diciembre, con 46 votos afirmativos, 25 negativos y una abstención.
La norma, que ya había obtenido media sanción en la Cámara de Diputados, proyecta un resultado financiero superavitario de $226.469 millones, marcando un giro respecto de los déficits registrados en ejercicios anteriores.
Según el texto aprobado, los gastos corrientes y de capital alcanzarán aproximadamente los $148.000 millones, con una fuerte orientación hacia los servicios sociales, que concentrarán la mayor parte del presupuesto.
En detalle, el gasto se distribuirá de la siguiente manera:
- Servicios sociales: $106,5 billones
- Deuda pública: $14,1 billones
- Servicios económicos: $11,4 billones
En paralelo, el cálculo de recursos corrientes y de capital de la Administración Nacional fue estimado en $148.295 millones.
El Presupuesto 2026 fue respaldado por el bloque oficialista de La Libertad Avanza, junto al PRO y sectores del peronismo aliados en algunas provincias. El kirchnerismo votó en contra, al considerar que la iniciativa consolida el programa económico del presidente Javier Milei.
Universidades, empleo y bosques nativos
Entre las partidas específicas, el Presupuesto contempla:
- $4,78 billones para gastos de funcionamiento, inversión y programas especiales de las universidades nacionales.
- $11.290 millones para el Fondo Nacional de Empleo, destinado a programas del Ministerio de Capital Humano.
- $15.843 millones para el Fondo de Bosques Nativos.
Además, la ley establece restricciones para cubrir vacantes en la administración pública, con excepciones para áreas consideradas críticas como Salud, Seguridad y Defensa.
Ley de Inocencia Fiscal: cambios en el régimen penal tributario
En el mismo Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la Ley de Inocencia Fiscal, que introduce modificaciones a la Ley 24.769 de Régimen Penal Tributario.
La norma actualiza los montos a partir de los cuales se considera delito la evasión fiscal y eleva los valores que bancos y escribanos deben informar al organismo recaudador ARCA.
Entre los cambios más relevantes:
- La evasión simple pasa de $1,5 millones a $100 millones.
- La evasión agravada se eleva de $15 millones a $1.000 millones.
- La falsificación de facturas será delito a partir de $100 millones.
- Para contribuyentes con beneficios fiscales, el umbral de deuda sube a $200 millones.
“Perdón fiscal” y menor plazo de prescripción
La ley incorpora un mecanismo de regularización: ARCA no presentará denuncia penal si el contribuyente cancela la deuda y los intereses correspondientes. En los casos donde ya exista una denuncia, la acción penal se extinguirá si se paga la deuda, los intereses y un 50% adicional.
Otro punto clave es la reducción del plazo de prescripción de las deudas impositivas, que baja de cinco a tres años.
Finalmente, la normativa crea el Régimen Simplificado de Ganancias, al que podrán adherir contribuyentes con ingresos anuales inferiores a $1.000 millones y un patrimonio menor a $10.000 millones, siempre que no estén clasificados como grandes contribuyentes.
Con estas dos leyes, el Gobierno busca consolidar su estrategia de orden fiscal, simplificación tributaria y superávit financiero para el inicio de 2026.
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