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El Poder Ejecutivo Nacional da un paso decisivo en la reconfiguración de la justicia penal para menores con la oficialización del Decreto 875/2026. Esta norma regula la Ley N° 27.801, que establece las bases operativas de un sistema adaptado para adolescentes de entre 14 y 18 años que son acusados de delitos penales.
Con el Ministerio de Justicia de la Nación como principal autoridad federal de aplicación de la ley, el reglamento detalla la creación de órganos articulados que buscan garantizar tanto la reinserción social como el seguimiento de los jóvenes y la asistencia a las víctimas.
El nuevo marco normativo define un rango de edad estricto que abarca a todos desde los 14 años hasta un cierto número de horas del día en que el joven cumple 18 años.
Además de su carácter punitivo, la Ley N° 27.801 establece que la prioridad absoluta del régimen debe ser promover entre los infractores un sentido de responsabilidad legal por su conducta.
Asimismo, busca garantizar mecanismos eficientes para su educación integral, resocialización e integración efectiva en la comunidad.
Para gestionar la complejidad de los problemas juveniles, el decreto crea, por debajo de la órbita de la cartera de Justicia, el Comité Interministerial de Justicia del Régimen Penal Juvenil.
Este equipo funcionará como un canal permanente para conectar políticas de diferentes áreas gubernamentales y coordinar intervenciones conjuntas.
La formación de este comité será multidisciplinaria, con un representante de cada uno de los siguientes ministerios::
- Ministerio de Justicia (que dirigirá la coordinación general).
- Ministerio de Seguridad Nacional.
- Ministerio de Capital Humano.
- Ministerio de Salud.
Entre sus funciones principales, destaca el diseño de directrices comunitarias centradas en la prevención del delito, el acercamiento y la reinserción de los jóvenes.
También será responsable de unificar las bases de datos estadísticas, emitir recomendaciones técnicas y coordinar los aspectos prácticos y operativos para la ejecución de las sanciones previstas en el artículo 12 de la ley de matrices.
Con el objetivo de unificar criterios en todo el territorio nacional, se establecen las normas de luz verde para la Oficina Federal del Régimen Penal Juvenil. Este espacio servirá como un vínculo constante entre las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y el Gobierno Federal.
Su composición busca una amplia representación institucional, integrando la:
- Un coordinador designado por la Autoridad de Aplicación (Ministerio de Justicia).
- Un delegado por cada provincia y uno por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Representantes individuales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Fiscal General de la Nación y la Defensa General de la Nación.
El Buró Federal tendrá la función de facilitar acuerdos de cooperación interjurisdiccionales, compartir conocimientos y mejores prácticas metodológicas, proponer directrices técnicas homogéneas y elaborar sugerencias no vinculantes para optimizar la aplicación del régimen penal.
La Ley N° 27.801 se encuentra en sus etapas finales de implementación, ya que fue sancionada el 27 de febrero y publicada el 9 de marzo. Según los términos legislativos originales, su plena validez estaba estipulada por 180 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
La normativa dictada este mes establece que el Decreto 875/2026 entrará en vigor simultáneamente con el derecho penal, completando así el marco jurídico necesario para su entrada en vigor efectiva.
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