La Administración Nacional de la Seguridad Social iniciará el próximo martes 7 de diciembre el nuevo calendario de cobro para jubilados y pensionados con el aumento del 12,11% y el pago del medio aguinaldo. Pero también pagará o pondrá a disposición distintos beneficios.

El aumento para jubilados y pensionados ANSES de diciembre 2021 es del 12,11%. De esta forma el haber mínimo pasa a $29.062. En tanto que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ANSES se elevará en diciembre 2021 a $23.249,37 y la Prestación Básica Universal (PBU) a $13.294.

ANSES: qué bono y extra de fin de año se pagará a los jubilados en diciembre

El dinero que entrega el PAMI a los jubilados ANSES varía según el monto del haber que cobran y la edad que tengan. Por ello, la cifra puede ir desde los $ 3000 hasta $ 6750 para quienes cobren un haber mínimo y tengan 85 años o más.

El Programa Alimentario que otorga el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) para jubilados ANSES tiene como objetivo “garantizar el acceso a la canasta básica y a una alimentación saludable”.

Compra con devolución de $ 2.400

El mecanismo contempla una suma de hasta $1200 mensuales por beneficiario. El monto máximo asciende a $2400 para aquellas personas que perciban 2 o más AUH y AUE así como quienes perciben hasta una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo garantizado en compras realizadas con la tarjeta de débito donde percibe la jubilación, pensión y/o asignación.

El programa de Reintegro de AFIP consiste en una devolución del 15% del monto total de todas las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas por jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE).Pueden acceder al beneficio del reintegro a sectores vulnerados:

  • Personas jubiladas que perciban el haber mínimo;
  • Titulares de la Asignación Universales por Hijo (AUH);
  • Titulares Asignaciones por embarazo para protección social (AUE);
  • Personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima;
  • Personas que perciben pensiones no contributivas nacionales que no excedan la mínima.

 

 

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