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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó este viernes que el Tribunal Oral Federal 2, responsable de condenar a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y a Lázaro Báez en la causa Vialidad, será quien ejecute el multimillonario decomiso fijado en la sentencia. La decisión se produjo tras desestimar los recursos presentados por las defensas de ambos, que cuestionaban la competencia del tribunal.

Los magistrados Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron los planteos y confirmaron que corresponde al TOF 2, en colaboración con la fiscalía, implementar el decomiso dispuesto, que actualizado alcanza los 684.990.350.139,86 pesos.

La resolución subrayó que la confiscación de bienes derivados de un ilícito “se ha transformado en un eslabón central de una investigación penal, situación que obliga a los distintos operadores judiciales a efectuar responsables, precisas e incisivas investigaciones patrimoniales a tal fin”.

“En otras palabras, se impone a los magistrados la obligación de proceder a la confiscación no sólo de las cosas que han servido para cometer el hecho delictivo sino también de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho de ese delito”, indicó en su voto el juez Hornos.

CFK cumple arresto domiciliario luego de recibir seis años de prisión por administración fraudulenta, con la sentencia firme de la Corte Suprema. Báez, en tanto, posee una condena unificada a 15 años de prisión por Vialidad y la causa “Ruta del dinero”.

La defensa de la expresidenta había cuestionado la competencia del TOF 2 para concretar el decomiso sobre sus bienes, alegando que la materia correspondía al fuero comercial federal. Por su parte, Báez postuló que sus propiedades ya se encontraban cauteladas por el Tribunal Oral Federal 4 en la causa por la “ruta del dinero”, donde tiene una condena firme por lavado de activos.

Casación desestimó ambos planteos y determinó que el decomiso fijado en Vialidad, que deben cumplir de manera solidaria todos los condenados, será ejecutado por el TOF 2 con intervención de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.

Borinsky destacó que la resolución apelada “no vulnera las garantías invocadas, no comporta un exceso de jurisdicción ni se aparta del marco normativo aplicable; por el contrario, se adecua a los principios que rigen la ejecución de penas pecuniarias”. Y concluyó: “Por ello, los agravios deducidos por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner no pueden prosperar”.

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