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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 condenó a 3 años de prisión de ejecución condicional al exministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Julio De Vido (76) y al exsecretario de Energía de la Nación Daniel Omar Cameron (72) por las negociaciones incompatibles en las que incurrieron para la adjudicación a la firma Constructora Odebrecht S.A. de las obras para la ampliación de los gasoductos de la Transportadora Gas del Norte (TGN) y la Trasportadora Gas del Sur (TGS), entre 2006 y 2008.
Además, los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini les fijaron una inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de cargos públicos. Por otra parte, le impusieron una pena de 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional al exsubsecretario de Combustibles de la Secretaría de Energía de la Nación, Cristián Alberto Folgar (55), a quien consideraron partícipe necesario de la maniobra.
Finalmente, dispusieron la absolución del exgerente general y vicepresidente de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA), Luis Alberto Beuret (80), y del exsubgerente de la firma, Julio Armando Bragulat (79).
En su alegato, el titular de la Fiscalía General N°1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal, Diego Luciani, quien intervino en el debate junto al fiscal coadyuvante José Ipohorski Lenkiewicz y la auxiliar fiscal Mariel Susana Dermardirossian, había requerido condenas de 4 años para De Vido y Cameron, de 3 años y 6 meses para Folgar y Beuret, la absolución de Bragulat y el decomiso de los bienes que sirvieron para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que sean el producto o el provecho del delito. Durante el desarrollo del juicio también colaboraron auxiliares fiscales de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) a cargo del fiscal Sergio Rodríguez.
El tribunal anunció que los fundamentos de la sentencia se conocerán el viernes 4 de septiembre.
El caso
En el juicio oral y público, que comenzó el 9 de diciembre de 2025, se analizan los hechos investigados por la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°6, entonces a cargo de Federico Delgado, con intervención del juez federal Daniel Rafecas.
La causa se inició luego de que, en el marco de la investigación por el pago de sobornos a funcionarios públicos y sobreprecios por parte de la empresa sueca Skanska para la construcción de gasoductos, desarrollada por la Fiscalía Federal N°4, se advirtieran una serie de maniobras para la adjudicación de las obras de los gasoductos operados por la Transportadora Gas del Norte (TGN) y la Trasportadora Gas del Sur (TGS).
De acuerdo al requerimiento formulado por el fiscal Delgado, De Vido, Cameron, Folgar, Beuret, Bragulat y el exsubsecretario de Energía Eléctrica de la Nación, Bautista Jacinto Marcheschi (86) -que fue apartado del proceso por incapacidad sobreviniente- habrían incurrido en negociaciones incompatibles con la función pública, al mantener reuniones privadas con los representantes de la Constructora Odebrecht S.A., dictar diversas resoluciones y tramitar expedientes administrativos. Ello a fin de beneficiar a la empresa al adjudicarle los contratos de prestación de servicios para la ejecución de las obras de los gasoductos.
En su alegato del 28 y 30 de abril pasado, el fiscal general Luciani destacó que estaban “ante un caso de gran corrupción”, donde los funcionarios implicados “al amparo de una falsa apariencia de licitud de sus conductas, convergieron en un claro objetivo: beneficiar ilegalmente a la firma Odebrecht”.
“Se soslayó así los más básicos principios que deben guiar a toda contratación pública: la eficiencia en la contratación para cumplir el interés público comprometido y llegar a un resultado esperado, la promoción de la concurrencia de interesados, la promoción de la sana competencia entre oferentes, la transparencia en los procedimientos, la publicidad y difusión de las actuaciones, y la igualdad de tratamientos para todos los interesados y los oferentes”, señaló el representante del MPF.
Agregó que esos “principios cardinales que hacen a la sana y transparente gestión, en este caso, quedaron relegados a partir del accionar infiel de los acusados” quienes “privilegiaron intereses ajenos al bien común con miras de obtener un beneficio propio o de un tercero, en el marco de un contrato en el que intervinieron en razón de sus cargos”.
Luciani indicó que se detectó, en el marco de la contratación “un claro e inadmisible direccionamiento hacia la empresa Odebrecht, en una contratación pública de enorme envergadura. Estamos hablando de la ampliación de capacidad de transporte de gas de la República Argentina entre los años 2006 y 2008; estamos hablando de una inversión del Estado argentino que supera los 2.300 millones de dólares”.
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