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La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) estableció un nuevo marco regulatorio para las actividades vinculadas a la producción y comercialización de cáñamo con fin hortícola.
La medida fue oficializada a través de la Resolución 69/2026, publicada este 3 de septiembre en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia a los 30 días hábiles administrativos contados desde su publicación.
La normativa aprueba un régimen específico para el otorgamiento de licencias y establece las condiciones que deberán cumplir quienes desarrollen actividades relacionadas con este tipo de producción.
Qué actividades regula la nueva resolución
El régimen alcanza a la producción, comercialización y actividades vinculadas al cáñamo con fin hortícola. Las licencias habilitarán únicamente las actividades expresamente contempladas en el nuevo reglamento.
La ARICCAME aclaró que la obtención de una licencia no reemplaza otras autorizaciones, habilitaciones, registros o requisitos que puedan exigir organismos nacionales, provinciales o municipales según la actividad desarrollada.
De esta manera, quienes se incorporen al régimen deberán cumplir tanto con las condiciones establecidas por la agencia como con las exigencias correspondientes de otros organismos con competencia específica.
Requisitos y controles
La resolución incorpora distintos mecanismos destinados a garantizar el control de la actividad. Entre ellos se encuentran la identificación, el seguimiento y la trazabilidad de los lotes de cáñamo.
La ARICCAME podrá solicitar documentación adicional y realizar verificaciones, inspecciones, auditorías y toma de muestras para controlar el cumplimiento de las condiciones establecidas.
También podrá coordinar acciones e intercambiar información con otros organismos públicos involucrados en la regulación de la cadena productiva.
El régimen contempla, además, lineamientos de buenas prácticas agrícolas, condiciones mínimas de infraestructura y procedimientos para la identificación y trazabilidad de los lotes.
Qué pasa con el material vegetal descartado
Entre los anexos técnicos aprobados se incluyó un procedimiento específico para la gestión, inutilización y disposición final del material vegetal descartado.
También se establecieron pautas para el muestreo y análisis del material vegetal y un procedimiento de actuación ante resultados analíticos que superen el límite reglamentario.
La normativa busca así establecer mecanismos de control durante las distintas etapas de la producción y evitar que material que no cumpla con los parámetros establecidos continúe dentro de la cadena.
Habrá un esquema de aranceles
La nueva regulación establece un esquema de aranceles que contempla tres pagos diferentes: uno por la evaluación de la solicitud, otro por el otorgamiento de la licencia y un tercero correspondiente a la validación anual.
El Arancel por Evaluación de la Solicitud deberá abonarse al momento de iniciar el trámite y será requisito para su admisión formal. Este pago tendrá como destino las tareas de verificación documental y evaluación técnica, jurídica y administrativa del proyecto. Además, no será reintegrable aunque la solicitud sea desistida, rechazada o archivada.
El Arancel por Otorgamiento de la Licencia se abonará únicamente cuando la evaluación haya finalizado favorablemente y antes de que la ARICCAME dicte el acto administrativo que conceda la autorización. La solicitante tendrá un plazo de 10 días hábiles para acreditar el pago.
Por último, las licenciatarias deberán afrontar un Arancel por Validación Anual, que deberá acreditarse al momento de presentar la correspondiente validación a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Este pago tampoco será reintegrable.
Los montos varían según el tipo de licencia:
Información reservada
Otro de los puntos establecidos por la resolución es el carácter reservado de las actuaciones administrativas que se tramiten bajo este régimen.
La medida contempla esta condición debido a la naturaleza de la información técnica, comercial, productiva, sanitaria, de seguridad y de localización que deberán presentar los operadores.
La ARICCAME deberá implementar las medidas necesarias para preservar esa información dentro de los sistemas de gestión documental y tramitación electrónica.
Cuándo entra en vigencia
La Resolución 69/2026 comenzará a regir una vez transcurridos 30 días hábiles administrativos desde su publicación en el Boletín Oficial.
El nuevo régimen se suma a las regulaciones que la ARICCAME viene implementando para ordenar las distintas actividades vinculadas con la cadena de valor del cáñamo y el cannabis medicinal, dentro del marco establecido por la Ley 27.669 y su reglamentación.
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