Este martes, oficializaron a través del decreto 823 la séptima edición del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que además se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

En el transcurso de esta semana, la AFIP deberá determinar los cambios que se sumarán en el beneficio basados en el análisis de la “recuperación de la actividad económica” y las consecuentes “necesidades imperantes”.

 

 

Con la publicación del nuevo decreto, el Gobierno marcó en la lista de prioridades a las empresas de 15 sectores más complicados por la crisis por la pandemia. “Servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo, alquileres de automóviles y de equipo de transporte, la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios y prendas de vestir de cuero; artículos regionales; marroquinería y paraguas”.

 

En la séptima edición, el ATP contemplará el aumento del salario mínimo vital y móvil fijado el mes pasado que se otorgará de manera escalonada en tres veces.

Los beneficiarios que deseen verificar las fechas de desembolso de la Asistencia tendrán que ingresar en el sitio de la ANSES y colocar su número de CUIT.

 

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