La información publicada en el Boletín Oficial revela que la prohibición de despedir empleados regirá por un plazo de 60 días corridos. Según trascendió, días atrás se habría discutido la posibilidad de aplazar la determinación hasta fines de 2020, pero finalmente optaron por hacerlo durante dos meses.

 

 

“Prorrógase la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 624/20″, reza el documento en l que además aclaran que quedan exceptuadas las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo y las contrataciones celebradas con posterioridad.

 

 

 

 

 

La normativa se aplicó en el marco del anuncio de las cifras de desempleo por parte del INDEC que evidenciaron el fuerte impacto de la crisis por la pandemia. Según el informe, el desempleo trepó al 13,1% durante el segundo trimestre. 

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