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Este jueves 5 de marzo se realizará la tercera jornada del juicio por la muerte de los 44 tripulantes del ARA San Juan, ocurrido en 2017, por el que se juzga a 4 integrantes de la nadada que en ese momento cumplían funciones importantes en esa fuerza. La jornada del miércoles declaró por más de tres horas el excapitán de navío Claudio Villamide (62), quien no dudó en aclarar que es inocente de los cargos que se le imputan. Para este jueves, está previsto que empiecen a declarar los otros tres imputados.
Se trata del contralmirante (RE) Luis Enrique López Mazzeo (66 años), el capitán de navío (RE) Héctor Aníbal Alonso (61) y el capitán de fragata (RE) Hugo Miguel Correa (57), quienes llegan a juicio como presuntos autores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte.
Según la imputación, los acusados, en sus roles dentro de la Armada Argentina, no garantizaron el correcto alistamiento y mantenimiento del submarino, lo que implicó que la nave operara en condiciones técnicas deficientes y con riesgos elevados.
El tribunal está integrado por los jueces Mario Reynaldi, Enrique Baronetto, Luis Alberto Giménez y Guillermo Adolfo Quadrini. En representación del Ministerio Público Fiscal intervienen el titular de la Unidad Fiscal Río Gallegos, el fiscal Julio Zárate; el fiscal Gastón Franco Pruzan (ambos a cargo del Área de Transición de esa unidad fiscal); el fiscal a cargo de la Sede Fiscal Descentralizada Caleta Olivia, Lucas Colla; y la fiscal de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), María Andrea Garmendia Orueta.
A su vez, la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) del Ministerio Público Fiscal, a cargo de Malena Derdoy, colabora con la orientación y asistencia a los familiares de las víctimas.
Qué se les atribuye
La imputación se sustenta en los cargos que los acusados ocupaban al momento de los hechos y en las funciones específicas que, según el requerimiento fiscal, incumplieron en relación con el alistamiento, mantenimiento y control operativo del Submarino ARA San Juan (SUSJ).
Al contralmirante (RE) Luis Enrique López Mazzeo, titular del Comando de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada (COAA) entre febrero y noviembre de 2017, se le imputa: haber omitido las diligencias propias del cargo que ostentaba en lo que respecta al alistamiento de los medios del Poder Naval asignado, al no fijar y supervisar adecuadamente el cumplimiento de las normas de alistamiento, y específicamente, al no entender en el adecuado y correcto mantenimiento del Submarino ARA San Juan.
Haber permitido la participación del submarino y su tripulación en la Orden de Operaciones COFS 04/17 contribuyente de la Orden de Operaciones del Comando de la Flota de Mar 14/17 “C” entre los meses de octubre y noviembre de 2017, pese a conocer: la falta de mantenimiento programado para las unidades submarina tipo TR-1700 (carenado); el deterioro y/o falta de equipamiento necesario; la ausencia de pruebas de mar fundamentales -máxima profundidad y máxima velocidad- que limitaban la operación a una profundidad máxima a 100 metros; y las anomalías registradas en navegaciones anteriores, en especial las informadas durante julio de 2017, que afectaban la seguridad de la navegación y que no escapaban al conocimiento del deponente por el cargo que ostentaba en la Armada Argentina.
Al capitán de navío (RE) Héctor Aníbal Alonso, jefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos y Oficial Evaluador del Alistamiento (OEA) entre el 15 de marzo y noviembre de 2017, se le atribuye haber omitido las diligencias inherentes a sus cargos, incumpliendo así con el Reglamento Orgánico del Comando de la Fuerza de Submarinos, al no procurar el cumplimiento de las normas de alistamiento del submarino ARA San Juan. Haber permitido la participación de la unidad y su tripulación en la Orden de Operaciones COFS 04/17 pese a conocer la falta de mantenimiento programado, la carencia de equipamiento, la ausencia de pruebas de mar fundamentales y las anomalías informadas por su comandante durante la navegación de julio de 2017.
Haber participado de la confección de la Orden de Operaciones COFS 04/17, “en conocimiento de las dificultades que el SUSJ enfrentaría, respecto de las millas y los días a navegar, los objetivos a identificar y las condiciones hidrometeorológicas reinantes que debería soportar“, suscribiéndola en ausencia del Comandante de la Fuerza de Submarinos titular.
Al capitán de fragata (RE) Hugo Correa, quien se desempeñó entre marzo y noviembre de 2017 como Jefe del Departamento de Operaciones, Jefe de División Operaciones, Jefe de Cargo de Navegación, Jefe de Comunicaciones y Jefe de la Central de Comunicaciones de Submarinos (CENCOMSUB) del COFS, se le imputa haber omitido las diligencias propias de sus funciones, incumpliendo así con los deberes y las misiones impuestas por el mencionado Reglamento, al no entender en la correcta integración del apoyo de las unidades submarinas, al no asegurar un servicio de comunicaciones rápido y seguro entre el SUSJ y el COFS durante la última navegación y al no actualizar los planes en vigor.
Haber permitido, durante su gestión como jefe de los cargos antes mencionados, que la unidad y su tripulación participaran de la Orden de Operaciones COFS 04/17 pese a conocer el estado defectuoso del mantenimiento, la falta de equipamiento, la ausencia de pruebas de mar esenciales y las anomalías informadas en julio de 2017, así como las exigencias operativas que debía afrontar el submarino, debido a las extensas distancias que debió recorrer, a las tareas específicas que debía desarrollar y a las condiciones hidrometeorológicas reinantes que debería soportar, “cuestiones que el deponente conocía la perfección al entender en la preparación de los planeamiento de las órdenes e instrucciones de operaciones, en la supervisión y planificación, en definitiva en la confección de la referida Orden de Operaciones, en la cual tuvo una participación activa”.
Para la fiscalía, con sus conductas u omisiones, cada uno de los cuatro imputados “posibilitó que se den las condiciones necesarias para elevar el riesgo permitido e indebidamente aumentar, de por sí el riesgo ínsito que conlleva la actividad militar y particularmente la especialidad de Submarinista, derivándose que el resultado acaecido (la muerte de 44 marinos y la pérdida de una unidad submarina) resultó consecuencia directa o al menos previsible de la violación del deber de cuidado” que pesaba sobre ellos.
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