Desde las 10 de la mañana de este miércoles 21 de septiembre se encuentra habilitado el registro para acceder plan Procrear II que permite acceder a viviendas alrededor de todo el territorio nacional. Así lo confirmó el Ministerios de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación.

Las unidades habitacionales serán para 18 provincias de todo el país, entre las que están Jujuy, Buenos Aires, CABA, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

Se sortearán 900 viviendas a construir que contarán con vías de acceso, cercanía a centros educativos, de salud, servicios públicos y espacios verdes.

¿Cómo y dónde anotarse al formulario del Procrear II?

 

Desde este miércoles a las 10, se habilitará el registro para aquellos interesados en tener alguna de estas viviendas.

Los aspirantes podrán inscribirse a través de la página web del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, haciendo click aquí 

Allí encontrarán los requisitos y toda la información detallada.

Procrear II: Cuáles son los requisitos para inscribirse

Desde el sitio web del gobierno señalan que el objetivo de esta línea es “brindar acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en uno de los desarrollos urbanísticos de Procrear II”.

Los requisitos para acceder a las viviendas Procrear son:

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el Formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente -tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente- entre 1 SMVyM y 10 SMVyM.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados:
  1. Matrimonio
  2. Unión convivencial.
  3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.
  • Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.

 

Leé más notas de La Opinión Austral