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La defensa técnica del ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, difundió este martes un comunicado en el que calificó de “arbitraria y violatoria de los derechos humanos fundamentales” la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que rechazó un recurso de queja presentado por sus abogados en el marco de la causa conocida como la “Tragedia de Once”.

El texto, firmado por el abogado Maximiliano Rusconi, señala que el máximo tribunal actuó “con velocidad sospechosa y oportunismo evidente” y “en un absoluto exceso de jurisdicción”, al permitir la ejecución de la condena impuesta por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal sin tratar el planteo presentado por la defensa.

Rusconi remarcó que el recurso buscaba impugnar la legitimidad y el monto de la pena, y que el tribunal debió abstenerse de resolver mientras estaba pendiente un planteo de prescripción de la acción penal, de carácter público y anterior a cualquier otra cuestión de fondo.

Según el comunicado, la prescripción habría operado “de puro derecho”, dado que el último acto interruptor fue la sentencia del 10 de diciembre de 2018 dictada por el Tribunal Oral Federal N° 4. “Pasaron casi siete años sin que existiera una sentencia completa”, sostiene la defensa, que considera que cualquier medida de privación de libertad sería “una nueva manifestación de ilegitimidad y violación de garantías fundamentales”.

Ante esta situación, Rusconi informó que este mismo martes se presentó un recurso de reposición o revocatoria ante la Corte Suprema, y anticipó que se elevará una denuncia ante el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias (WGAD) del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, con sede en Ginebra.

El objetivo -precisa el comunicado- será solicitar que el organismo actúe mediante el procedimiento de “acción urgente” para instar al Gobierno argentino a evitar “una privación de libertad ilegal e inminente” contra De Vido.

Por último, el abogado aclaró que el ex ministro “nunca fue condenado por el choque de Once”, sino que fue absuelto en ese tramo del expediente, ya que el tribunal consideró que la tragedia se debió a la “temeridad del conductor”. La condena, explicó, corresponde a otra imputación que, según la defensa, prescribió el 10 de diciembre de 2024, al haber transcurrido el máximo de seis años previsto por la ley.

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