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La Legislatura de Chubut aprobó este jueves la ley que habilita la reelección indefinida de intendentes, concejales y presidentes de comunas rurales en aquellas localidades que no cuentan con carta orgánica propia. La iniciativa fue impulsada por el oficialismo, que logró reunir los votos necesarios para modificar la Ley XVI N° 46 y la Ley XVI N° 105.
Con la sanción de la norma, los jefes comunales podrán ser elegidos por tiempo indefinido, ya que desaparece el límite de mandatos consecutivos establecido hasta ahora. La decisión generó un fuerte rechazo de los bloques opositores, que denunciaron una vulneración del principio republicano de alternancia.
Reelección indefinida en Chubut: qué cambia con la nueva ley
La modificación legislativa reemplaza el artículo 8 de la Ley XVI N° 46 y el artículo 6 de la Ley XVI N° 105, estableciendo que intendentes, concejales y presidentes de comunas rurales serán elegidos por voto directo y podrán ser reelectos sin ningún límite temporal.
Desde el oficialismo defendieron la reforma bajo el argumento de fortalecer la autonomía municipal y permitir que cada comunidad decida libremente quién debe gobernarla.
La diputada Claudia Williams sostuvo que “la máxima expresión de la democracia es que sean los propios vecinos quienes decidan” si un intendente continúa o no en el cargo. Además, instó a los municipios que aún no cuentan con carta orgánica a avanzar en su redacción para definir sus propias reglas institucionales.
En la misma línea, la legisladora Andrea Aguilera rechazó las críticas de la oposición y afirmó que la ley no busca beneficiar a dirigentes en particular, sino eliminar una restricción que, según consideró, vulnera la autonomía de los municipios.
La oposición denunció un retroceso institucional
El rechazo estuvo encabezado por el bloque Arriba Chubut, cuyos legisladores cuestionaron tanto el contenido de la norma como el procedimiento utilizado para su aprobación.
El diputado Emanuel Coliñir sostuvo que la Constitución provincial exige una mayoría especial de 21 votos para modificar aspectos vinculados al régimen electoral y la permanencia en cargos públicos, por lo que puso en duda la validez de la sanción.
Además, recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso San Juan y argumentó que el artículo 5 de la Constitución Nacional obliga a las provincias a garantizar un sistema representativo y republicano basado en la alternancia democrática.
Según Coliñir, “el sistema republicano implica dos mandatos”, lo que derivó en un intenso intercambio jurídico con el vicegobernador y presidente de la Legislatura, Gustavo Menna, sobre el alcance constitucional de la reforma.
“No hay que tenerle miedo a la alternancia”
Las críticas también llegaron desde otros bloques opositores.
El diputado Sergio González, de Chubut Unido, afirmó que la Legislatura debatía “simple y llanamente las reglas del poder” y sostuvo que establecer límites a las reelecciones fortalece la democracia, ya que evita que el poder permanezca indefinidamente en una misma persona.
Por su parte, la diputada Andrea Toro (PICh) dejó una de las frases más contundentes de la sesión al señalar que “acá no hay que tenerle miedo a la alternancia, tenemos que tenerle miedo a la ausencia de ella”.
Sospechas por una futura reelección indefinida del gobernador
Durante el cierre del debate también surgieron cuestionamientos sobre el posible impacto político de la reforma.
El diputado Gustavo Fita advirtió la contradicción entre habilitar la reelección indefinida para intendentes de localidades sin carta orgánica mientras el gobernador de Chubut y los municipios que sí cuentan con ese instrumento institucional continúan limitados a dos mandatos consecutivos.
En ese contexto, planteó la posibilidad de que la modificación constituya el primer paso hacia una futura reforma que habilite también la reelección indefinida del gobernador.
La aprobación de la ley reabre así el debate sobre los límites al ejercicio del poder y la vigencia del principio de alternancia en Chubut, en una discusión que promete trasladarse tanto al plano político como al judicial.
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