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La Justicia de Chubut condenó a un hombre por abuso sexual simple contra un nene de cinco años en la ciudad de Puerto Madryn. El fallo estableció una pena de tres años de prisión en suspenso, aunque el condenado deberá cumplir una serie de obligaciones impuestas por el tribunal para evitar quedar detenido.

Entre las medidas dispuestas por la magistrada, se ordenó que el acusado pague mensualmente a la familia del menor un monto equivalente al valor de una canasta básica familiar durante un período total de tres años.

La resolución judicial también incluyó tratamiento psicológico especializado, asistencia obligatoria a talleres de concientización sobre violencia y abuso, y controles periódicos por parte de la Fiscalía para verificar el cumplimiento de cada una de las condiciones fijadas.

Cómo comenzó la investigación

La causa se inició luego de que la madre del niño detectara cambios abruptos en su comportamiento cotidiano y expresiones verbales preocupantes mientras jugaba.

Ante esas señales, la mujer decidió radicar la denuncia, lo que dio lugar a la apertura de una investigación penal y a la intervención de profesionales especializados en niñez.

Durante el proceso, uno de los elementos centrales fue la realización de entrevistas mediante Cámara Gesell, herramienta utilizada para tomar declaración a menores en un ámbito protegido y evitar situaciones de revictimización.

El informe de los especialistas

Según trascendió en el expediente, los peritos oficiales que evaluaron al niño concluyeron que el relato presentaba “credibilidad absoluta”, descartando cualquier signo de fabulación o influencia externa.

Ese informe técnico fue considerado clave por la jueza para acreditar los hechos denunciados y avanzar con la condena contra el acusado.

El tribunal encuadró el caso bajo la figura de abuso sexual simple, delito que contempla conductas de contenido sexual sin acceso carnal, aprovechándose de la vulnerabilidad de la víctima.

Las condiciones impuestas por la Justicia

Aunque la pena fue de ejecución condicional, el fallo establece severas pautas de conducta para el condenado.

Además del tratamiento psicológico y los talleres obligatorios, deberá cumplir regularmente con el pago de la reparación económica impuesta a favor de la familia del menor.

La Fiscalía penal será la encargada de supervisar tanto los informes de asistencia terapéutica como los depósitos mensuales correspondientes.

La resolución advierte además que cualquier incumplimiento, incluso parcial, provocará automáticamente la revocación de la prisión en suspenso y el traslado inmediato del condenado a una unidad penitenciaria de la provincia.

EN ESTA NOTA Policiales Puerto Madryn

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