A tres semanas de la caída de la primera nevada en la capital provincial, las temperaturas descendieron, se originó la escarcha y ahora, el deshielo.
En este escenario, la transitabilidad tanto a pie como en vehículo se ha complejizado y está ocasionado accidentes que tienen como resultado pequeñas heridas hasta llegar a fracturas.
En este marco, cabe recordar que existe una ordenanza, la 1.793, que estipula la obligación de mantener en “perfecto estado de higiene y conservación viviendas, patios, veredas y canteros” (ver recuadro).
La Opinión Austral pudo saber que diariamente a la guardia del Hospital Regional Río Gallegos ingresa un promedio de 20 personas a causa, entre otras circunstancias, de accidentes laborales relacionados a una caída en la escarcha.
De esos 20, precisaron desde el HRRG, el 40% presenta fracturas de tobillo, muñeca y coxis. En cuanto al rango etario, son adultos de todas las edades.
En tanto que el restante 60% de ingresos no ha presentado fracturas, pero sí heridas simples en sus miembros y en el cuero cabelludo por caerse de espaldas.
Cabe mencionar que los fracturados son trasladados en ambulancia del 107 hacia el nosocomio.
Por otro lado, en cuanto a las salidas de la línea 107, el 80% se debe a esta causa e incluye accidentes de tránsito por deslizamiento de los vehículos, la mayoría sin lesiones graves, indicaron.
VEREDAS: ¿QUÉ DICE LA ORDENANZA 1.793?
La Ordenanza Municipal 1.793 estipula en su artículo 1° que “todo propietario, locatario u ocupante de vivienda o inmueble, dentro del ejido municipal, queda obligado a mantener en perfecto estado de higiene y conservación viviendas, patios, veredas y canteros“.
En el Artículo 8 determina que “toda persona comprendida en los alcances del artículo 1° tiene la obligación de sacar o hacer sacar la nieve que se hubiera acumulado en la vereda dentro de las 24 horas siguientes de haber cesado la precipitación de la misma”.
Esto abarca, además, a comercios, confiterías, restaurantes, kioscos o cualquier otro tipo de negocio que, acorde al artículo 5°, “deberán mantener en óptimo estado de higiene sus aceras durante el tiempo en que estos desarrollen sus actividades”.
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