Ayer, luego de varias semanas, finalmente se resolvió la situación de la titular del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Río Gallegos, Valeria López Lestón, sobre quien pesaba un pedido de recusación por haberse negado a aceptar medidas de prueba solicitadas por Rocío, una de las hijas de Marcela López, la mujer que fue vista por última vez el 22 de mayo.

Sin embargo, en un falló beligerante, Nelson Sánchez dio una dura reprimenda al abogado de la querella, Jorge Trévotich, por no haber invocado “ni una causal concreta de recusación”, sino que por el contrario lo hico “echando mano de burdas mentiras”.

El juez de Recursos acusó al abogado de haber atacado a la magistrada generando que se destinara mucho tiempo a evaluar una causa que está integrada por seis cuerpos y 1.116 fojas, todo en favor de “una falaz presentación que restó tiempo y dedicación a otras causas (incluso, va de suyo, la principal de esta incidencia”.

Valeria López Leston seguirá al frente de la causa.

Para apartar a López Lestón, Trévotich argumentó que la jueza no cumplía con sus obligaciones, pero resulta que para Sánchez esa acusación “es sorprendente, dado que la simple lectura del expediente desnuda las intenciones del querellante”, y seguramente toma como ejemplo el allanamiento ilegal en la casa de José Luis Balado, expareja de Marcela López, donde Marcos Herrero plantó un maxilar.
A ese allanamiento van sin autorización porque la jueza les solicitó que le informaran para qué querían volver a un sitio que ya había sido previamente allanado y a eso Trévotich lo planteó como una negativa.

“La simple lectura desnuda las intenciones del querellante”

“De la compulsa del sumario surge que esta situación no aconteció como mendazmente relató la querella, dado que luego de su presentación solicitando acceder con los canes a la finca antes mencionada, la jueza -atinadamente- exigió al requirente aclarar a qué fines respondía el pedido de ingresar al domicilio del Sr. Balado, pues este ya había sido allanado por la Policía. Huelga decir que exigir se aclare el motivo del pedido no significa negar o desestimar la solicitud; más aún, la exigencia no era irracional. Todo lo contrario: la jueza está obligada a fundar una medida de semejante tenor. Pese a ello, la recusante dijo que la magistrada negó la adopción de la medida”, se lee en el fallo de ayer, que además, sostiene que la recusación de Trévotich “está plagada de este tipo de falacias”.

En este sentido, el juez solicitó que el abogado, acusado en el expediente de haber copypasteado escritos de otras causas en sus presentaciones sobre Marcela López, sea evaluado por el Tribunal Superior para, “eventualmente, adoptar las medidas que ese Alto Cuerpo estime corresponder… Máxime siendo el destrato a la magistratura una constante, que no puede ni debe tener cobijo bajo el pretexto, o al amparo, de garantizar el debido proceso”.

 

 

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