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La Justicia de El Calafate dictó el procesamiento de dos hombres por el homicidio de Pablo Gustavo Rufino, ocurrido durante la madrugada del 1° de enero de 2026. A través de una resolución extensa y minuciosa, el Juzgado de Instrucción N° 1 consideró acreditada la materialidad del hecho y la presunta autoría, al sostener que el ataque se produjo en un contexto de violencia extrema durante un intento de robo y que ambos imputados actuaron de manera conjunta y coordinada.

Tal como lo informó La Opinión Austral en su momento, la madrugada del primer día del año quedó marcada por un hecho de extrema gravedad en la localidad de El Calafate. Entre las 03:30 y las 05:30 horas, en una vivienda ubicada en el Barrio Salesiano, Rufino perdió la vida tras ser violentamente reducido por al menos dos personas que ingresaron a su domicilio con fines delictivos. Con el avance de la investigación, el Juzgado de Instrucción N° 1 dictó el procesamiento de los dos acusados, al entender que el conjunto de pruebas reunidas permite sostener, con el grado de certeza requerido en esta etapa, que ambos participaron activamente del homicidio.

Torrente tras ser detenido. POLICÍA SANTA CRUZ

Según surge del expediente judicial, la hipótesis acusatoria indica que los imputados ingresaron al domicilio de Rufino con la intención de apoderarse ilegítimamente de dinero que la víctima habría obtenido recientemente por la venta de su inmueble y/o de estupefacientes. En ese contexto, los agresores intimidaron con un arma de fuego a la pareja de Rufino, quien se encontraba en la vivienda al momento del ataque, y procedieron a reducir violentamente a la víctima.

La resolución judicial describe con detalle la mecánica del hecho. Rufino fue inmovilizado boca abajo, mientras uno de los agresores ejercía presión prolongada con la rodilla sobre su espalda. Esta maniobra, según lo acreditado en la causa, generó una compresión torácica y cervical de intensidad suficiente como para desencadenar un cuadro fatal. El informe de autopsia determinó que la causa de muerte fue un infarto agudo de miocardio, compatible tanto con la agresión sufrida como con los antecedentes de salud de la víctima. Para el magistrado, este elemento resultó central para vincular de manera directa el fallecimiento con la violencia ejercida durante el robo.

Vallejo luego de entregarse a las autoridades. FOTO: POLICÍA SANTA CRUZ

Uno de los pilares fundamentales del procesamiento fue el testimonio de la pareja de Rufino, testigo presencial del ataque. En la resolución se destaca que su declaración fue clara, coherente y persistente a lo largo de las distintas instancias del proceso. La mujer relató con precisión el ingreso de los agresores, las amenazas con arma de fuego, las exigencias de dinero y drogas, y el momento en el que advirtió que Rufino ya no reaccionaba mientras permanecía reducido en el suelo.

Lejos de tratarse de un relato aislado, la Justicia consideró que este testimonio se vio sólidamente corroborado por otros elementos objetivos incorporados a la causa. Entre ellos, registros de cámaras de seguridad de la zona, informes periciales y declaraciones de vecinos que aportaron datos relevantes sobre los movimientos previos y posteriores al hecho. Este entramado probatorio otorgó al relato de la testigo un alto valor para avanzar con la imputación formal de los acusados.

La investigación se activó de manera inmediata tras la presentación espontánea de un vecino, quien se acercó a la vivienda al notar movimientos sospechosos. Según su declaración, al abrirse parcialmente la puerta del domicilio, uno de los sujetos le exhibió un arma de fuego e intentó forzarlo a ingresar. El hombre logró huir y dio aviso a la Policía, lo que permitió desplegar un rápido operativo y preservar la escena. Minutos después, los efectivos constataron el fallecimiento de Rufino en el interior del inmueble.

Otro eje central del procesamiento estuvo vinculado al análisis de las cámaras de seguridad del sector. En los registros fílmicos se logró identificar a dos hombres desplazándose en horarios compatibles con el crimen, movilizándose en un Chevrolet Corsa gris. El vehículo presentaba características distintivas —como un portaequipaje negro, daños visibles en la carrocería y una óptica rota— que resultaron determinantes para reconstruir su recorrido antes y después del hecho.

Agentes policiales afuera de la casa donde se había refugiado Vallejo tras el crimen. FOTO: POLICÍA SANTA CRUZ

Durante los allanamientos ordenados por el Juzgado, se secuestraron diversas prendas de vestir que coincidían con las observadas en las imágenes: pantalones claros, buzos, zapatillas y una gorra con una inscripción claramente identificable. La resolución también menciona la presencia de manchas rojizas en algunas prendas, indicios de lavados recientes y el ocultamiento de calzado, conductas que el magistrado interpretó como intentos deliberados de eliminar rastros. Estos comportamientos fueron valorados como signos de conciencia delictiva y sumaron peso a la imputación.

La Justicia también analizó las conductas posteriores de los imputados. Testimonios incorporados al expediente describieron actitudes de nerviosismo, cambios de vestimenta, pedidos de ayuda para trasladarse y el uso del vehículo ya identificado. Al analizar estos elementos de manera conjunta con las pericias y los registros fílmicos, el Juzgado logró trazar una línea temporal continua que abarca desde la llegada al domicilio de la víctima hasta la huida posterior al crimen.

En su resolución, el magistrado sostuvo que todas las pruebas convergen en ubicar a los imputados en la escena del hecho, dentro del mismo rango horario y utilizando el mismo medio de movilidad. Esta coincidencia de indicios fue considerada suficiente para dictar el procesamiento de ambos como presuntos coautores del homicidio, ocurrido en un contexto de violencia extrema durante un intento de robo.

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