En 2013 el Consejo Agrario Provincial declaró cumplidas las obligaciones de una empresa que estaba fallida desde 2008. El Fiscal de Estado responsabilizó a la Jueza que tramita la quiebra, diciendo que le ordenó al CAP que adjudique el terreno para luego rematarlo y pagar deudas. Ahora la Gobernadora firmó un decreto declarando la lesividad del acto administrativo, y se acudirá al Tribunal Superior de Justicia.

El 13 de mayo del 2008, empleados del supermercado Stella Maris de El Calafate, El Chaltén y luego en la Cuenca Carbonífera quedaron sorpresivamente si trabajo por el cese de actividades de la empresa Traverso y CIA SRL.

A través del Sindicato de Empleados de Comercio se solicitó la quiebra de la firma, de la que se hizo cargo el Juzgado Provincial de Primera Instancia Nº 1 en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia con asiento en la localidad de Río Turbio.

El 2 de julio de ese mismo año, la titular del Juzgado Dra. Betina Bustos efectivamente declaró la quiebra de esa empresa a la que ya el año anterior (2007 el Consejo Agrario Provincial le adjudicó en venta un lote en El Chaltén, donde iría a construir su propia sucursal de la cadena supermercadista. El terreno es de unos 1220 m2 y está ubicado en la Parcela 18 Manzana Nº 5 del ejido urbano de la villa cordillerana.

Como cualquier adjudicatario, la firma comercial debía cumplir obligaciones exigidas por el Consejo Agrario Provincial (responsable por entonces de la tierra fiscal de El Chalten) para poder recibir la titularidad definitiva del terreno.

El 22 de mayo de 2013, efectivamente el directorio del organismo provincial firma el Acuerdo 49, mediante el cual declaró “cumplidas las obligaciones legales de la adjudicataria fallida respecto del predio” en cuestión.

Durante un proceso de revisión de lo actuado la Fiscalía de Estado verifica que la empresa Traverso y CIA no había cumplido ninguno de los requisitos establecidos para acceder al documento de Obligaciones Cumplidas. Por lo tanto “ese acto administrativo viola gravemente los intereses públicos y el orden público provincial”.

El titular de la Fiscalía de Estado, Dr. Fernando Tanarro, señaló en FM Dimensión que la decisión del directorio del CAP se debió a la insistente orden de la jueza de Río Turbio, que tramita la quiebra. “La orden vino no una sola vez, sino en reiteradas oportunidades, y bajo apercibimiento de aplicar multas”, manifestó.

Para el Fiscal de Estado de Santa Cruz o actuado “viola flagrantemente la ley vigente”, ya que los terrenos fiscales se otorgan para la construcción de viviendas o para emprendimientos comerciales o industriales. “Y nosotros entendemos que la única finalidad que tiene esa adjudicación es que el bien sea rematado para cubrir deudas del concurso de quiebra”, señaló en el programa Radio Activa.

“Entregarla para que sea rematada no es la finalidad de la tierra pública, y tampoco se puede entregar si no se cumplieron las obligaciones”, insistió el Dr. Tanarro.

Con fecha 16 de mayo de 2018, la Gobernadora Alicia Kirchner firmó el decreto 431, en el que declara la “lesividad del Acuerdo Nº 049” de 2013 que establece las obligaciones cumplidas de la empresa.

Al mismo tiempo, la mandataria provincial instruyó al Fiscal de Estado. “Vamos a iniciar una acción ante el Tribunal Superior de Justicia para declarar la lesividad de este acto”, reveló Tanarro, quien descartó por el momento iniciar alguna acción contra la Jueza Bustos.

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