La Justicia Federal de Río Gallegos decidió no avanzar más en una causa contra un hombre que, hace diez años, había sido encontrado con una importante cantidad de drogas, en una causa caratulada como “transporte de estupefacientes“.

La causa tenía como imputado a un hombre oriundo de Chile, de apellido Ruiz, quien se encontraba alojado en la Unidad Penitenciaria Federal N° 15 y que, en esa oportunidad, había comprado un poco más de medio kilo de marihuana en Río Gallegos y se la detectaron cuando estaba regresando a su país de origen.

De acuerdo a la información recabada por La Opinión Austral, a través del fallo del Tribunal Oral Federal, se pudo establecer que fue el personal de Gendarmería Nacional Argentina, que prestaba funciones en el paso fronterizo Dorotea, el que realizó el acta sobre la presencia de la droga.

Fue el 27 de noviembre, cerca de las siete de la tarde cuando Ruiz llegó a realizar los trámites migratorios en Dorotea. Él había estado en Río Turbio y tenía intenciones de regresar a Puerto Natales, localidad donde residía.

Hasta allí todo normal. Ruiz había salido del lugar con los papeles en mano y había hecho dedo pero en dirección contraria, volviendo a la Cuenca Carbonífera. Esto no pasó desapercibido por los agentes que, a bordo de un móvil de Migraciones, siguieron el auto del buen samaritano que estaba llevando al hombre.

Finalmente interceptaron el rodado en la estación de servicio en el ingreso a Río Turbio. Los agentes se entrevistaron con el hombre: “Señor, ¿por qué hizo los trámites para ir a Chile y volvió a la Argentina?”, le preguntaron a lo que Ruiz respondió que no sabía que estaba en Río Turbio.

En consecuencia lo llevaron nuevamente a Dorotea y, cuando lo requisaron de manera preventiva, le encontraron en el bolsillo del buzo dos panes de marihuana. Cada uno de ellos pesaba un poco más de 250 gramos, por lo que se debieron hacer las actuaciones correspondientes.

A Ruiz le hicieron una causa federal en orden al delito de “transporte de estupefacientes”. La misma se extendió hasta estos días. En el medio, en el período de diez años, el sujeto no incurrió en nuevos delitos y, finalmente, la Fiscalía General no encontró nuevos elementos que podrían imputarle al hombre.

En ese sentido, se supo que el pasaje que Ruiz tenía entre sus pertenencias que marcaba un viaje desde Río Gallegos a Río Turbio, no era prueba suficiente para determinar que, efectivamente, hubo transporte de estupefacientes y cambió la carátula a “tenencia simple“.

Con el paso del tiempo, se resolvió que la potencial pena que podría caberle a Ruiz por el delito de “tenencia simple” quedara extinguida y, en efecto, se sobreseyó al acusado de manera definitiva. De esta manera, el hombre recuperó su libertad tras haber estado diez años tras las rejas, en prisión preventiva, y sin sentencia firme

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