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La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia desestimó el último recurso judicial que intentaba frenar la flexibilización de la barrera sanitaria patagónica y dejó firme la decisión del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) de permitir el ingreso de carne con hueso desde el norte del país.
De esta manera, se elimina el último obstáculo legal que impedía la aplicación plena de la medida en la región, incluida Santa Cruz, y se consolida un cambio en un esquema sanitario que se mantuvo durante más de tres décadas.
Se cayó el último freno judicial
El fallo de segunda instancia revocó la decisión previa del juez federal Claudio Vázquez, quien había declarado la nulidad de la resolución 460/2025 y frenado su implementación en territorio santacruceño.
La resolución, firmada por los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, dio lugar a la apelación presentada por el Senasa y rechazó la acción de amparo impulsada por entidades rurales.
Con esta decisión, queda habilitado de manera definitiva el ingreso de cortes de carne con hueso y material genético animal desde el norte del río Colorado hacia la Patagonia.
Qué cambia con la nueva medida sanitaria
La barrera sanitaria patagónica fue creada hace más de 30 años para proteger a la región como zona libre de fiebre aftosa sin vacunación. Este estatus diferencial permitió durante años el acceso a mercados internacionales más exigentes.
La flexibilización impulsada por el Senasa busca ampliar la oferta de carne en el sur del país y reducir los precios, aunque mantiene exigencias sanitarias como el envasado al vacío y el enfriamiento de los productos.
El respaldo de la Justicia y los argumentos técnicos
En su fallo, los magistrados sostuvieron que la decisión del organismo sanitario no presenta arbitrariedades y se encuadra dentro de políticas públicas nacionales.
Además, remarcaron que la medida se encuentra alineada con los estándares de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y basada en evaluaciones técnicas de riesgo.
En ese sentido, indicaron que el “riesgo cero” no existe y que la razonabilidad de la medida se sustenta en que el virus de la fiebre aftosa no circula actualmente en el país.
Reclamos rurales y rechazo del principio precautorio
Productores patagónicos, especialmente de Santa Cruz, habían planteado su preocupación por el posible impacto sanitario y productivo de la medida. Entre sus argumentos, destacaban la necesidad de preservar el estatus diferencial de la región.
Sin embargo, la Cámara rechazó estos planteos y desestimó la aplicación del principio precautorio, al considerar que no hubo irregularidades en la decisión del Senasa. También sostuvo que una política pública de alcance nacional no puede evaluarse únicamente por su impacto económico en una región.
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