El femicidio de Jesica Minaglia es uno de los más brutales que se han registrado en el último tiempo en Santa Cruz y, gracias a el trabajo que realizó el Poder Judicial en todas sus instancias, se ha podido acreditar la responsabilidad penal y material de Pablo Núñez.
El ex policía afrontará una reclusión perpetua, luego de un poco más de un año de instrucción en su contra, uno más de periodo de recursos y tres días de valoración de pruebas que se registraron la semana pasada, en las instalaciones de la Cámara Oral.
El fallo es un tanto extenso y da cuenta de la materialidad, responsabilidad penal y encuadre legal del delito que Núñez cometió contra la docente. La Opinión Austral tuvo acceso a una copia. El mismo consta de 74 fojas donde se puede destacar el trabajo de las fuerzas de seguridad en las primeras averiguaciones, las primeras testimoniales, las labores del Cuerpo Médico Forense para las pericias y la deliberación del tribunal que decidió condenar al ex policía.
La resolución fue firmada solamente por la presidenta María Alejandra Vila y Joaquín Cabral. Con la falta de la rúbrica de Jorge Yance por cuestiones propias de una licencia médica, aunque participó de la deliberación, tal como se indica en la última parte del fallo.
En sus considerandos, el tribunal indicó que, a partir de todo el plexo probatorio recabado en la instrucción y en los días de debate, no había dudas que Pablo Núñez fue el autor del femicidio de la docente. Para los jueces, el contexto de violencia que había vivido Jesica antes de terminar la relación fue fundamental para condenar al ex efectivo de la Policía de Santa Cruz.
En un tramo de la resolución, se votó de manera unánime que ninguno de los testigos dijo que Núñez y Jesica tuvieran una relación conflictiva a nivel físico, aunque la violencia se vio reflejada en otros aspectos: el económico, el simbólico y el psicológico.

Para el tribunal quedó acreditado que la docente sufría violencia económica porque Núñez era quien administraba los ingresos de Jesica; que sufría violencia simbólica cuando el ex policía elegía que ropa podía usar y cual no, además de dar el ok o no sobre los chistes que ella podía hacer con sus amigas.
La Justicia deliberó que la docente sufría violencia psicológica porque el ahora condenado le controlaba con quien podía charlar y hasta le controlaba los horarios. “Ante la voluntad de Jesica de abstraerse de esos mandatos patriarcales a los que se había sometido pasivamente durante la relación, terminó sufriendo el peor de los castigos: perder la vida” se remarca en uno de los tramos del fallo.
El tribunal hizo hincapié en el Protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres y entendió que la indagación judicial de las manifestaciones anteriores de violencia que sufrió la docente es fundamental tanto para el diseño de la investigación como para la demostración del contexto, como para la comprobación de los elementos objetivos de tipicidad.
Es decir, los jueces entendieron que el contexto de violencia que sufría Jesica era una prueba más que fundamental para determinar el móvil del femicidio. “Nuñez no aceptaba la decisión de Jesica de la separación, lo que ha quedado demostrado por todas las actitudes ya mencionadas. En dicho sentido debe merituarse, también, el informe sobre intercambio de mensajes entre la víctima y el victimario, ya que de los mismos surge la insistencia de Nuñez en mantener contacto permanente con Jesica, llegando incluso la nombrada a decir “…no tengo nada que hablar con vos…” contestándole él que no era para que se ponga así, que solo deseaba hablar de la casa y la retención” marca la decisión de la Cámara.
Otra prueba fundamental que encontró el tribunal fue la pericia hecha en una computadora. Núñez se había hecho un Facebook “trucho” con el que hay fuertes sospechas que podría haberlo utilizado para espiar el perfil de la docente y ver que Carlos (un amigo de la infancia de Jesica y que era el nuevo interés “romántico”) había posteado una canción en el muro de ella.
El voto de Cabral
Uno de los vocales de esta causa hizo algunas valoraciones para la sentencia. Se trata de Joaquín Cabral. Aunque adhirió en varias cuestiones, el juez remarcó y ratificó su postura respecto de la prueba indiciaria (esencial para condenar a Núñez).
“Los indicios deben ser plurales concomitantes al hecho que se busca probar y periféricos al dato fáctico” indicó Cabral marcando que los indicios tienen que comenzar con una prueba directa que se refuercen entre si. “Los indicios no son meras sospechas o conjeturas sino hechos plenamente acreditados” aseveró en otro tramo de su fallo
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