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Este viernes se conoció que el Juez Federal de Río Gallegos, Claudio Vázquez, rechazó el amparo contra la flexibilización de la barrera sanitaria presentado por Enrique Jamieson, referente de la Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS), a quien el magistrado le cuestionó su representatividad legal sobre esa institución.
Jamieson había acudido a la justicia a mediados del mes de julio pasado contra la resolución 460/2025 del SENASA. En ese momento, pedía la nulidad absoluta de la resolución por considerarla inconstitucional y “lesiva para el estatus sanitario” de la región. Además, se la consideraba “arbitraria” y con “falsedad manifiesta en los fundamentos”.
Como informamos en su momento, la norma publicada en el Boletín Oficial el pasado 27 de junio, permite el ingreso a la Patagonia de carnes con hueso plano y productos provenientes de zonas sin fiebre aftosa pero con vacunación.
Ese es el principal punto cuestionado por los productores de toda la Patagonia al sur del río Colorado. El principal argumento es que se pierde el estatus de zona libre de aftosa sin vacunación, algo que a la Patagonia le permite vender en mercados como la comunidad Europea y hasta el país vecino de Chile que, recientemente, a causa de esta situación, suspendió la compra de carne de la región.
El fallo al amparo
Fue en este contexto en que la Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS) sufrió un revés judicial en su intento por frenar la flexibilización de la barrera sanitaria en la Patagonia. Según pudo acceder La Opinión Austral, el juez federal Claudio Marcelo Vázquez rechazó el recurso de amparo presentado contra la Resolución 460/2025 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
El fallo puso en duda la legitimidad del representante de la FIAS para llevar adelante este tipo de acciones legales.
Este fallo puso en duda la legitimidad del representante de la FIAS para llevar adelante este tipo de acciones legales. “En primer término, debo resolver la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la parte demandada”, sostuvo el juez en referencia a la presentación de Jamieson que fue precisamente quien impulsó el Amparo.
“Debo destacar que de oficio este Juzgado intentó que el actor complemente la documental acompañada, ya que de un primer análisis resultó que la misma figuraba como insuficiente o que en definitiva no se habían cumplido en su totalidad y de forma correcta los procedimientos de las normas estatutarias”, aclaró en su fallo.
“De oficio este Juzgado intentó que el actor complemente la documental acompañada”. Claudio Vázquez.
Fue en esa instancia en la que el juez Claudio Vázquez consideró que no se había acreditado debidamente su designación como Presidente de la Federación ante las autoridades de aplicación registrales, lo que ponía en duda su capacidad para representar a la entidad en el proceso judicial.
Para el magistrado, “no estamos ante un detalle formal o un incumplimiento menor, sino que estamos ante el debate sobre si el Sr. Jamieson puede considerarse Presidente de la FIAS y en consecuencia tener mandato suficiente como para representar a la misma judicialmente”.
En este sentido, el fallo señala que “no consta la inscripción de la designación del Sr. Jamieson como Presidente de la Federación ante las autoridades de aplicación registrales“, lo que implica un “defecto” en su personería y una falta de legitimación procesal. “Estamos ante un asunto de máxima relevancia para el sector ganadero y para la sociedad en su totalidad, por lo cual la legitimación activa de quien plantea el mismo, debe encontrarse sin vicios legales ni defectos formales ni materiales”, agregó.
No se resolvió el tema de fondo
Además, el juez analizó el estatuto de la FIAS. “La norma procesal es clara, en el art. 46 nuestro código de rito sostiene ‘La persona que se presente en juicio por un derecho que no sea propio, aunque le competa ejercerlo en virtud de una representación legal, deberá acompañar con su primer escrito los documentos que acrediten el carácter que inviste…’”. Y, en consecuencia, “debe hacerse lugar a la excepción opuesta y considerarse que el Sr. Enrique Pablo Jamieson carece de personería y mandato para representar válidamente a la Federación actora en estos actuados”, fundamentó.
Ahora, la FIAS prepara un Recurso de Apelación al fallo ante la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, argumentando un hay error manifiesto en la interpretación de las normas estatutarias por parte del Juez Federal de Río Gallegos. El tema seguirá en los estrados judiciales, mientras se mantiene la vigencia de la resolución del SENASA, ya que el juez no se definió sobre la cuestión de fondo.
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