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El Juzgado de Primera Instancia de El Calafate rechazó el amparo presentado por un grupo de padres que denunció que la modificación de los aportes estatales al Colegio Upsala podía afectar la continuidad y calidad educativa de la institución. La Opinión Austral tuvo acceso al fallo de la jueza Aldana Gervasoni, donde se determinó que no se acreditó un daño grave o inminente y que el reclamo exige un debate más amplio, incompatible con el proceso de amparo.

El Consejo Provincial de Educación justificó la adecuación de los subsidios en irregularidades detectadas en auditorías al establecimiento: fondos enviados a una cuenta personal, documentación faltante y una recaudación por cuotas que superaría el costo laboral. Para el organismo, no hubo arbitrariedad y la institución mantiene capacidad financiera para operar.

Los padres, en cambio, acusaron una decisión intempestiva que derivó en aumentos de cuotas y afectó el derecho a la educación. Pero la jueza sostuvo que el colegio funcionó de manera regular durante el ciclo lectivo y que el conflicto requiere otras vías judiciales o administrativas.

El fallo al que tuvo acceso La Opinión Austral.

Aunque rechazó el amparo, Gervasoni instó al Consejo Provincial de Educación a tomar decisiones con perspectiva de derechos de niños, niñas y adolescentes, y al Colegio Upsala SA a cumplir con sus obligaciones y ordenar su gestión interna.

La conjueza Gervasoni determinó que:

El amparo no es la vía adecuada para discutir decisiones administrativas de fondo, auditorías, montos de subvenciones o manejo de fondos públicos.

La causa exige mayor debate prueba, lo cual excede los límites del proceso de amparo.

No se acreditó un daño grave, concreto e inminente: el colegio funcionó durante todo el ciclo lectivo y no se demostró una interrupción inmediata del servicio.

El sujeto jurídico afectado directamente por las auditorías -el Colegio Upsala SA- es quien debe recurrir por los canales administrativos o judiciales pertinentes.

No se probó el agotamiento de la vía administrativa.

La continuidad educativa -señala el fallo- debe ser prioridad tanto para el Estado como para la institución privada.

EN ESTA NOTA Colegio Upsala

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