La Legislatura de Santa Cruz dio a conocer este sábado la resolución definitiva del juicio político contra Fernando Basanta, vocal del Tribunal Superior de Justicia. La Sala Juzgadora absolvió al magistrado de todas las acusaciones y dispuso su reincorporación inmediata al máximo tribunal provincial, junto con la restitución del sueldo descontado durante los 30 días de suspensión preventiva.
El fallo, votado en sesión secreta por los 12 diputados que integran la Sala, pone fin a un proceso iniciado el 15 de octubre y que se tramitó bajo los procedimientos establecidos en el artículo 139 de la Constitución provincial y la Ley 13. La decisión fue comunicada en una audiencia en la que se escucharon discursos cargados de referencias institucionales, políticas y éticas.
El veredicto completo: punto por punto, lo que resolvió la Sala Juzgadora
La resolución oficial, leída por Secretaría, consta de cuatro artículos principales y concluye con la absolución total del vocal. El texto establece:
“En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución provincial, habiendo esta sala juzgado al doctor Fernando Miguel Basanta en carácter de vocal miembro del Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Santa Cruz, que en virtud de la acusación presentada por la Sala Acusadora de fecha 15 de octubre del 2025, habiendo ido a la Comisión Acusadora en representación de la Sala Acusadora y al acusado a través de su defensa legal, hecho en absoluto cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 13 de la Ley 13 y su modificatoria número 570 que tramita la presente causa, de conformidad a la normativa citada, ha emitido en sesión secreta la votación individual de los 12 diputados que componen esta sala, habiendo resultado la absolución del acusado.
Por ello, la Sala Jugadora de la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Santa Cruz resuelve:
Artículo 1: Absuélvase al acusado doctor Fernando Miguel Basanta por no reunir los recaudos suficientes para considerar que el mismo haya incurrido en la causal establecida en el artículo 138 de los siguientes cargos:
- Aceptación de cargos públicos sin cumplir con los requisitos constitucionales y legales exigidos.
- Posible comisión de delitos previstos en los artículos 248, 249 y 253 del Código Penal Argentino.
- Incumplimiento de los deberes éticos previstos en la Ley 3325 Ley de Ética de Función Pública.
- Conductas negligentes e incompatibles con los principios de idoneidad y moralidad exigibles al ejercicio de la función pública.
- Posible participación en un esquema coordinado de designaciones irregulares que compromete la independencia del Poder Judicial.
Artículo 2: Déjese sin efecto la suspensión al doctor Fernando Miguel Basanta en el ejercicio de sus funciones con el gozo de medio sueldo.
Artículo 3: Reitérese al doctor Fernando Miguel Basanta al cargo de vocal del Tribunal Superior de Justicia, cliente al ejercicio de sus funciones con el goce íntegro de sus saberes y la devolución de la remuneración adeudada.
Artículo 4: Notifíquese y, cumplido, archívese”.
Cómo se llegó al veredicto: una audiencia decisiva en la Legislatura
La audiencia comenzó a las 9:30 y se desarrolló en un clima de expectativa. Se trataba de la última instancia antes de cumplir los 30 días corridos de suspensión que pesaban sobre Basanta, cuyo caso generó fuertes debates políticos y mediáticos.
Previo a la votación, se escuchó un extenso discurso de la diputada Lorena Loreiro, quien llamó a enviar “un mensaje responsable y esperanzador” a la ciudadanía. “Tenemos que darle a la justicia su verdadero sentido”, expresó, mientras cuestionaba las “difamaciones” y “opinólogos” que, según señaló, rodearon el proceso. En su intervención, apeló además a reflexiones religiosas y éticas para destacar la importancia del respeto por las leyes y la integridad institucional.
A continuación, la diputada Adriana Nieto destacó el valor democrático del juicio político como herramienta constitucional. “Es muy positivo que se haya ejercitado esta instancia. Se trabajó con conciencia y responsabilidad”, afirmó, remarcando que el procedimiento está específicamente previsto para evaluar la conducta de integrantes del Tribunal Superior de Justicia.
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