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El 17 de septiembre de 1913 el diputado Alfredo Palacios defendió en la Cámara de Diputados su proyecto ley de “represión de la corrupción de mujeres”, tal el nombre con el que fue tratado. Menos de una semana después, el 23, el Senado le dio sanción. La ley 9.143 fue revolucionaria para su época ya que estableció penas para quienes “promuevan o faciliten la prostitución o corrupción de menores de edad para satisfacer deseos ajenos” y escalas penales mayores si las víctimas tenían entre 12 y 18 años y menos de 12. La pena máxima se estipulaba en 15 años de prisión.
El mismo texto establecía que “esta última pena será aplicable, prescindiendo del número de años de la víctima, si mediare violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación, como también si el autor fuese ascendiente, marido, hermano o hermana, tutor o persona encargada de su educación o guarda, en cuyo caso traerá aparejada la pérdida de la patria potestad, del poder marital, de la tutela o de la ciudadanía en su caso”.
En 1999, como reconocimiento a la ley considerada una norma pionera a nivel mundial, se estableció el 23 de septiembre como el Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas, una jornada destinada a visibilizar y promover la lucha contra estas formas de explotación.
“La trata no tiene género, no tiene condición social, ni tampoco estatus económico. Cualquier persona puede ser víctima de este delito, la trata no busca si es mujer, si es hombre, si es niño, trata de captarlo para tener un beneficio y poder explotarlo, ya sea sexualmente o laboralmente“, manifestó la subcomisario Diana Pérez, jefa titular de la División Trata de Personas de la Policía de Santa Cruz, en comunicación con Radio LU12 AM680.
Señaló que “el delito es difícil de denunciar, principalmente porque la gente tiene miedo, la ciudadanía no quiere involucrarse, entonces opta por no denunciar y no dar aviso a ninguna autoridad”.
Pérez explicó que desde la División Trata de Personas trabajan con Fiscalía Federal, desde donde les dan los requerimientos a solicitud judicial.
Sostuvo que actualmente el delito en la provincia está “oculto porque nadie denuncia el delito. Nadie se compromete o se involucra por miedo entonces no hay delitos denunciados oficialmente”.
En cuanto al lugar que ocupa Santa Cruz en las redes de trata para explotación sexual, indicó que hoy es un destino “de paso”.
Por otro lado, sobre la explotación laboral, indicó que en el ámbito rural “muchas veces, normalizamos como sociedad, que un peón trabaje en condiciones precarias. Cuando hacemos prevención, necesitamos contar con personal idóneo, en este caso personal de RENATRE o del Ministerio de Trabajo, que son los que regulan las condiciones, cómo se encuentra la estancia y cómo se encuentra, en este caso, el peón. Ahí, verificamos si existe el delito de trata, en este caso, para explotación laboral. Contamos con un psicólogo que es quien hace los informes preventivos y las entrevistas idóneas”.
Entre los casos más resonantes, recordó la de la “Chanchería del horror”, ocurrido en 2023, donde un hombre que era víctima de explotación laboral desde hacía 20 años y fue rescatado en un establecimiento de la empresa Criasur de Río Gallegos.
“Fue una larga investigación y, gracias a Dios, él pudo volver con su familia, era de Chile”, marcó sobre el caso que contó con cobertura exclusiva del Grupo La Opinión Austral.
Consultada, Pérez dio a conocer que “estadísticamente no tenemos un registro de cuáles han sido las localidades que hayan tenido la mayor cantidad de denuncias”.
En este sentido, instó a la ciudadanía a informar. “Si ven algo que les llame la atención, conocen a alguna amiga, algún vecino, algún tío que está buscando trabajo y fue contactado, si le parece sospechoso, que llame al 145, es una línea gratuita, no es necesario que den sus datos filatorios”, señaló y añadió que “puede pasar de que por internet conocen a una persona y mantienen una comunicación y les dice: ‘Venite, te pago los pasajes, te quiero conocer’, también es un medio de captación”.
La línea 145 es de atención telefónica gratuita, funciona las 24 hs., los 365 días del año, para recibir información, solicitar asistencia y denunciar casos de trata y explotación de personas.
430 sentencias en 18 años
A partir de la ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, sancionada en 2008 y reformada en 2012 por la ley 26.842, desde 2009 se registraron 430 sentencias condenatorias vinculadas al delito de trata de personas con fines de explotación sexual en todo el país. De ese total, 21 corresponden a 2025 y ocho a lo transcurrido de 2026.
Las cifras se desprenden de las estadísticas elaboradas por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de la fiscal federal Alejandra Mángano y el fiscal general Marcelo Colombo.
En las sentencias condenatorias relevadas, fueron condenadas 852 personas por hechos de explotación sexual. La mayoría de los condenados —el 61,9%— son varones.
Además, en esas sentencias se identificaron 1.856 víctimas. Respecto de su nacionalidad, 695 eran argentinas (37,4%), 450 extranjeras (24,2%), mientras que en 711 casos (38,4%) ese dato no surge de las sentencias.
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