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El Club de Pescadores de Río Gallegos salió a aclarar el alcance de la Disposición N° 162 de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, luego de las consultas recibidas por parte de vecinos tras la difusión del nuevo régimen de pesca de subsistencia.

A través de un comunicado oficial, la institución informó que el referente del club, Ángel Benegas, mantuvo una comunicación con autoridades de Pesca Continental, desde donde confirmaron que la normativa no está dirigida a los pescadores deportivos o recreativos que realizan la actividad con caña o línea.

Según la explicación brindada por el organismo provincial, la disposición apunta exclusivamente a personas en situación de vulnerabilidad que realizan pesca de subsistencia utilizando redes, creando para ese grupo un régimen específico de autorización y control.

La normativa no alcanza a los que pescan con caña deportiva.

De esta manera, desde el club remarcaron que la pesca con caña continúa desarrollándose bajo las mismas condiciones vigentes, sin modificaciones introducidas por esta disposición, e instaron a la comunidad a consultar siempre la información a través de los canales oficiales para evitar interpretaciones erróneas.

Las críticas que había despertado la reglamentación

La aclaración llegó poco  después de que el propio vicepresidente del Club de Pescadores de Río Gallegos, expresara públicamente sus dudas al nuevo régimen durante una entrevista con LU12 AM680. El dirigente sostuvo que la normativa había sido elaborada sin convocar a los clubes de pescadores y anticipó que la institución solicitaría una audiencia con las autoridades provinciales para conocer los fundamentos de la medida y plantear las inquietudes del sector.

El comunicado del club de Pescadores de Río Gallegos.

Durante la entrevista, Benegas vinculó el crecimiento de la pesca de subsistencia con la situación económica de numerosas familias. “Hoy la gente va por necesidad“, expresó al señalar que muchas personas recurren a la actividad para complementar la alimentación del hogar ante la falta de empleo o la pérdida del poder adquisitivo.

Asimismo, se refirió a la posibilidad que contempla la nueva disposición de comercializar hasta el 50% del excedente no destinado al consumo familiar, indicando que, en algunos casos, esa venta permite adquirir otros alimentos básicos para el hogar.

Qué establece la Disposición N° 162

La normativa crea por primera vez en Santa Cruz un régimen específico para la pesca de subsistencia, diferenciándolo de la pesca artesanal regulada por la Ley Provincial N° 2934.

Entre sus principales puntos, la disposición establece:

  • un límite de captura de hasta 10 kilogramos diarios por pescador habilitado;
  • el uso exclusivo de determinadas redes de enmalle autorizadas;
  • una licencia específica, con vigencia de seis meses y posibilidad de renovación;
  • la obligación de presentar declaraciones juradas sobre las capturas realizadas;
  • la posibilidad de comercializar hasta el 50% del excedente, únicamente bajo las condiciones previstas por la normativa;
  • restricciones respecto del uso de determinados artes de pesca y de la actividad en zonas de veda.

La Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura explicó que el objetivo es ordenar y controlar una actividad destinada principalmente al autoconsumo familiar, diferenciándola de la pesca artesanal con fines comerciales.

Mientras tanto, el Club de Pescadores de Río Gallegos reiteró que la reglamentación no modifica las condiciones para quienes practican pesca deportiva o recreativa con caña, y ratificó su intención de mantener un diálogo con las autoridades provinciales para abordar las inquietudes surgidas tras la implementación del nuevo régimen.

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