Your browser doesn’t support HTML5 audio

En octubre de 2025, las niñeras y cuidadores de adultos mantienen los mismos salarios que en septiembre, sin bono extraordinario, con la posibilidad de un plus por zonas desfavorables y con procedimientos oficiales de liquidación de sueldos y aportes a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), cumpliendo la normativa vigente. Los empleadores deben tener en cuenta además los días de descanso y vacaciones según antigüedad.

Según la Upacp (Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares), los valores mínimos por hora para trabajadores contratados por menos de 24 horas semanales son:

  • Por hora con retiro: $3.293,99
  • Por hora sin retiro: $3.683,21

Estos valores aplican a quienes realizan tareas de cuidado no terapéutico de niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad en sus domicilios.

Para quienes trabajan con 24 o más horas semanales para un mismo empleador, los montos de referencia son:

  • Mensual con retiro: $416.485,63
  • Mensual sin retiro: $464.129,59

Estos importes corresponden únicamente al salario base, por lo que los empleadores deben agregar conceptos de antigüedad, aportaciones jubilatorias y obra social, según lo establece la ley 26.844.

Cómo generar recibos de sueldo y pagar aportes con ARCA

Para confeccionar el recibo de sueldo de empleadas domésticas y liquidar aportes, los empleadores deben:

  • Ingresar al sitio oficial de ARCA.
  • Introducir CUIT/CUIL y clave fiscal.
  • Acceder al apartado “Personal de casas particulares”.
  • Elegir la opción “Generar recibo de sueldo”.
  • Completar los datos requeridos del empleado.
  • En “Adicionales y descuentos”, indicar “Otros” y agregar el importe correspondiente.
  • En “Observaciones”, colocar la leyenda deseada sobre el cálculo.

Nota: Si se trata de un bono de un mes anterior, se puede registrar bajo la categoría “Gratificación”, ya que el sistema no permite repetir conceptos.

Esquema de vacaciones según antigüedad

El personal doméstico tiene derecho a días de descanso entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo, según su antigüedad:

  • Menos de 6 meses: 1 día por cada 20 días trabajados
  • De 6 meses a 5 años: 14 días
  • De 5 a 10 años: 21 días
  • De 10 a 20 años: 28 días
  • Más de 20 años: 35 días

Si la incorporación fue reciente, el cálculo es proporcional a las horas trabajadas:

  • 4 a 7 semanas: 1 día de vacaciones
  • 8 a 11 semanas: 2 días
  • 12 a 15 semanas: 3 días
  • 16 a 19 semanas: 4 días
  • Más de 20 semanas: 5 días

Pago adicional por zonas desfavorables

La ley establece un incremento del 30% sobre los salarios mínimos para trabajadores que desarrollen sus tareas en zonas desfavorables, que incluyen:

  • La Pampa
  • Río Negro
  • Chubut
  • Neuquén
  • Santa Cruz
  • Tierra del Fuego
  • Antártida e Islas del Atlántico Sur
  • Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires

Leé más notas de La Opinión Austral

Ver comentarios