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La visita del papa León XIV a la Argentina modificará el calendario laboral de noviembre. A través del Decreto 1103/2026, el Gobierno nacional estableció tres jornadas de feriado en distintas partes del país, mientras que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) confirmó un día sin actividad bancaria para todas las entidades financieras.

La medida abre una consulta entre trabajadores y empleadores: ¿cómo se paga a quienes deban cumplir sus tareas durante esos días?

De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, quienes presten servicios durante un feriado nacional tienen derecho a percibir la remuneración habitual más una suma igual. Esto significa que la jornada se paga doble, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la normativa laboral.

Qué días serán feriados por la visita del Papa

El Decreto 1103/2026 estableció un cronograma de feriados vinculado con la visita del papa León XIV, prevista entre el 8 y el 11 de noviembre.

Según la normativa, el lunes 9 de noviembre será feriado en todo el territorio nacional. En tanto, el martes 10 tendrá ese alcance exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Córdoba, mientras que el miércoles 11 será feriado únicamente en la provincia de Buenos Aires.

De esta manera, el alcance de las jornadas dependerá de la jurisdicción en la que se desarrolle la actividad laboral. En los territorios alcanzados por el decreto, quienes deban trabajar durante el feriado deberán recibir el tratamiento salarial correspondiente a esa condición, de acuerdo con la normativa aplicable.

El feriado bancario del martes 10 de noviembre

A este cronograma se suma una disposición del Banco Central de la República Argentina, que estableció el martes 10 de noviembre como feriado bancario en todo el país, mediante la Comunicación A 8487/2026.

Por ese motivo, las entidades financieras no atenderán al público durante esa jornada, incluso en las provincias donde el decreto presidencial no establece un feriado general.

La medida alcanza a la actividad bancaria, pero no convierte por sí misma al martes 10 en feriado para todos los trabajadores del país. En Santa Cruz, por ejemplo, los bancos permanecerán cerrados, aunque la jornada no fue incluida entre los feriados territoriales dispuestos por el Decreto 1103/2026.

Qué diferencia hay entre un feriado y un día no laborable

La diferencia es importante para determinar cuánto corresponde cobrar. Durante un feriado, si el trabajador presta servicios, debe percibir la remuneración normal de la jornada más otra cantidad igual, es decir, el pago doble previsto por la Ley de Contrato de Trabajo.

En cambio, durante un día no laborable, la decisión de trabajar queda, en principio, a criterio del empleador. Si se realizan tareas, se abona el salario habitual, sin el recargo correspondiente a los feriados.

En síntesis, quienes trabajen durante un feriado deberán cobrar la jornada con el recargo previsto por la legislación laboral: el doble de la remuneración habitual. En cambio, el cierre de los bancos del martes 10 de noviembre no implica que ese día sea feriado para todos los trabajadores del país.

Por eso, al momento de liquidar los salarios, será clave tener en cuenta qué jurisdicción está alcanzada por el Decreto 1103/2026 y distinguir esos feriados del asueto bancario dispuesto por el BCRA, que rige en todo el territorio nacional.

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