Las empleadas domésticas registradas tienen derecho a disfrutar de sus vacaciones, un período de descanso que se corresponde con la cantidad de tiempo que han sido contratadas por sus empleadores en el sector de casas particulares.
Según lo establecido en la ley del sector, la licencia por vacaciones debe otorgarse entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo de cada año. El empleador tiene la facultad de decidir la fecha de las vacaciones y debe notificar a su empleada doméstica con una anticipación de 20 días cómo será contemplado ese período.
Si la empleada doméstica desea tomar la licencia vacacional en otra fecha, puede solicitarlo a su empleador dividiendo el período correspondiente.
Licencia y cálculo de vacaciones para empleadas domésticas en Argentina
Calcular el período de vacaciones para las empleadas domésticas implica tener en cuenta la antigüedad que tenga la trabajadora al 31 de diciembre del año correspondiente.
La escala vacacional para empleadas domésticas es la siguiente:
- De 6 meses a 5 años de antigüedad: 14 días corridos de licencia vacacional.
- De 5 a 10 años de antigüedad: 21 días corridos de licencia vacacional.
- De 10 a 20 años de antigüedad: 28 días corridos de licencia vacacional.
- Más de 20 años de antigüedad: 35 días corridos de licencia vacacional.
En el caso de las empleadas domésticas que trabajan por hora, también tienen derecho a vacaciones remuneradas como cualquier otro trabajador.
Cómo calculo mis vacaciones si trabajo por hora
La AFIP ha establecido una tabla de estimación para las vacaciones de las empleadas domésticas que trabajan por hora:
- Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día corrido de licencia vacacional.
- Entre 8 y 11 semanas de trabajo: 2 días corridos de licencia vacacional.
- Entre 12 y 15 semanas de trabajo: 3 días corridos de licencia vacacional.
- Entre 16 y 19 semanas de trabajo: 4 días corridos de licencia vacacional.
- Más de 20 semanas de trabajo: 5 días corridos de licencia vacacional.
Durante el período de vacaciones, el salario habitual de la empleada doméstica debe liquidarse de la misma manera que se hace mensualmente, sin agregar extras especiales. En el caso de las empleadas domésticas sin retiro, se debe contemplar un adicional por comida y alojamiento, que no debe ser inferior al 30% del sueldo diario.
Para liquidar las vacaciones, se debe tener en cuenta el sueldo mensual de la empleada doméstica, dividiendo el monto por los 30 días del mes y multiplicándolo por los días de vacaciones. Esta liquidación debe abonarse al inicio de las vacaciones.
Es importante recordar que las vacaciones pagas tienen una duración establecida por ley. Si la empleada desea tomar más días de licencia, debe comunicarlo al empleador para que le guarde el puesto de trabajo, pero sin percibir haberes durante ese período.
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