La Secretaría de Energía de la Nación insistió, recientemente, en el marco de la agenda internacional que espera que, antes de que concluya la actual gestión de Gobierno, el Congreso de la Nación haya sancionado y puesto en marcha la nueva ley sobre la producción y promoción del hidrógeno.
Mientras que se debate en el Senado en comisiones la iniciativa girada por el Poder Ejecutivo Nacional, diferentes sectores relacionados a este nuevo vector energético -entre ellas la Plataforma H2 Argentina– avanzan en una serie de aportes para mejorar la competitividad de la normativa.
Vigencia del régimen
La iniciativa del Gobierno “plantea un plazo para la vigencia total del régimen de 30 años contados desde la entrada en vigor de la ley”, se aclara que el tiempo comenzará desde la publicación en el Boletín Oficial.
La normativa establece “plazos escalonados para la vigencia de la estabilidad fiscal, por 30, 20 y 10 años contados a partir de la fecha de emisión del Certificado de Inclusión de cada proyecto en el régimen, de acuerdo al momento de ingreso de la solicitud pertinente dentro de la primera, segunda o tercera década de vigencia de la ley”.
En este escenario, la mencionada plataforma destacó: “Debe tenerse en cuenta que los plazos de maduración del mercado del hidrógeno son aún inciertos. Es posible esperar que los proyectos escalen en la medida en que el comercio global de H2 escale a su vez, lo que puede ocurrir en 2030, 2035 o 2040. Es decir, que todo intento de escalonar los beneficios es un ejercicio de enorme incertidumbre”.
De esta manera, “es preferible abrir una ventana temporal (vigencia del régimen) y un plazo de beneficios fijo para los proyectos, dada la magnitud de las inversiones requeridas y su consecuente necesidad de certidumbre”. Sobre esta realidad, la diputada nacional Pamela Verasay presentó un proyecto para ser tratado en el Parlamento.
Dólares
Otro de los factores que preocupó a las compañías privadas es aquél aspecto que “establece que el 50% de las divisas obtenidas en exportaciones podrán ser aplicadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales y financieros en el exterior, con la condición de contar con la Declaración de Inclusión en el régimen”.
La plataforma solicitó que “las divisas obtenidas de las exportaciones deben ser de libre disponibilidad, sin limitaciones al destino de uso de los fondos”.
Investigación
Otro aspecto analizado es aquel que señala que para mantener “los beneficios previstos se exige la realización de actividades de investigación y desarrollo en el territorio nacional que se vinculen, únicamente, con la producción de hidrógeno de bajas emisiones, ya sea que las lleven a cabo internamente o con proveedoras de servicios intensivos en conocimiento nacionales”.
La plataforma propuso que “dada la extrema incertidumbre para conocer hoy con precisión los verdaderos costos locales de producción y su competitividad internacional, es prematuro especular con aportes económicos por fuera de los del proyecto en sí mismo”.
Por lo tanto, la “exigencia de inversión en investigación plantea una contradicción con la estabilidad fiscal, generando incertidumbre. Además, este requisito complica más los ingresos de los proyectos más pequeños”.
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