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El diputado nacional Máximo Kirchner (PJ Buenos Aires) promueve una iniciativa parlamentaria que busca recuperar para el Congreso la decisión sobre el endeudamiento externo con el objetivo de que ninguna operación de crédito se decida por decreto. Además fija un techo legal a la deuda externa, e instruye al Poder Ejecutivo a exigirle al propio FMI una revisión del excedente que hoy carga el país. La propuesta de Kirchner busca para la Argentina “orden, previsibilidad y mayor control democrático“.
“Frente a la situación actual de endeudamiento que atraviesa la Argentina se hace necesario distinguir lo que se debe pagar siempre (la cuota) de aquello que fue una decisión política tomada por fuera de las reglas (el excedente)”, sostuvo en el proyecto y añadió: “La iniciativa abre un debate que requiere de diferentes esferas de decisión a nivel local e internacional que demandan del compromiso del Poder Legislativo y Ejecutivo para garantizar una salida sostenible que no dependa de un nuevo ajuste sobre el pueblo argentino”.
Los detalles
Para Kirchner, el Fondo Monetario Internacional y las autoridades argentinas que llegaron a un acuerdo en 2018 “son el origen de la situación de endeudamiento actual”, expresó. “El Fondo no aplicó las herramientas previstas para controlar la fuga de capitales a la vez que el crédito fue aprobado por el macrismo incumpliendo los procedimientos institucionales esenciales. Estas cuestiones se evidencian en los informes de la Oficina de Evaluación Independiente del FMI y de la Auditoría General de la Nación”, manifestó.
Asimismo, recordó que basado en la doctrina de corresponsabilidad acreedor-deudor el proyecto tiene en cuenta que las consecuencias de un programa fallido no pueden recaer solamente sobre el país deudor, cuando el acreedor multilateral ha incumplido sus propios estándares de gobernanza técnica. Subrayó que el caso argentino es un ejemplo paradigmático de falla institucional y su corrección beneficiará al conjunto del sistema.
También acotó que se trata de ordenar la macroeconomía priorizando el equilibrio social en beneficio de los argentinos. Kirchner propuso discutir el excedente político del acuerdo de 2018 para establecer un plan de pagos sostenible, atado al crecimiento de la Argentina y sin descargar el ajuste sobre la distribución del ingreso. Para ello, consideró que es necesario redefinir cuánto corresponde pagar y en qué plazo debe hacerse. La deuda con el organismo equivale a trece veces la cuota argentina, por lo que el tramo en discusión es de entre 30.000 y 37.800 millones de dólares.
¿Qué propone el proyecto?
Una ley marco ordenadora de la relación de la Argentina con el FMI y con los organismos financieros internacionales. Ninguna operación de crédito se decide más por decreto, se fija un techo legal a la deuda externa, y se instruye al Poder Ejecutivo a exigir en el propio FMI una revisión del excedente que hoy carga el país.
¿Cuál es el objetivo del proyecto?
Recuperar para el Congreso la decisión sobre el endeudamiento externo, distinguir lo que la Argentina debe pagar siempre (la cuota) de lo que fue una decisión política tomada por fuera de las reglas (el excedente), y dejar planteada -puertas adentro con ley propia, puertas afuera como agenda de negociación- una salida sostenible que no dependa de un nuevo ajuste.
¿Cómo se organiza el proyecto?
Principios rectores (Título I) Soberanía económica, corresponsabilidad acreedor-deudor, la cuenta capital como herramienta legítima y permanente, sostenibilidad de la deuda medida por capacidad real de pago, transparencia y control democrático, y multilateralismo activo.
Mandato de negociación con el FMI (Título II) Instruye al Poder Ejecutivo a impulsar una reforma del Convenio Constitutivo del Fondo en cuatro ejes: Artículo VI obligatorio ante fuga de capitales, una Facilidad de Recuperación Soberana para exposiciones extraordinarias, excepción a la uniformidad de recompra, y un principio de corresponsabilidad institucional del propio Directorio.
Regulación de la cuenta capital (Título III) Reconoce la administración macroprudencial de los flujos de capital como herramienta permanente de política económica, no como medida excepcional.
Aprobación y control parlamentario (Título IV) Toda operación de crédito con organismos financieros internacionales requiere ley del Congreso; se prohíbe expresamente el DNU y el decreto delegado para esta materia, y se exige un expediente técnico completo y público antes del debate.
Comisión Bicameral de control (Título V) Un órgano permanente del Congreso, con acceso a información reservada, hace seguimiento de los programas vigentes y puede solicitar auditorías a la AGN.
Regla fiscal permanente (Título VI) Techo de deuda pública externa del 200% de las exportaciones de los últimos tres años, con excepciones tasadas y mayoría especial para superarlo.
Disposiciones de cierre y transición (Título VII) Mayoría agravada para modificar la ley, derogación e integración con la Ley 27.612, y una disposición transitoria que obliga a que el Congreso ratifique o rechace el programa vigente (DNU 179/2025) dentro de los 90 días de sancionada la ley.
Entre los firmantes del proyecto se encuentran Germán Martínez, Cecilia Moreau, Pablo Yedlin, Carlos Castagneto, Itai Hagman, Hilda Aguirre, Nicolás Trotta, María Elena Velázquez, Marcelo Barbur, Agustín Rossi, Sergio Palazzo, Agustina Propato, Julia Strada, Sabrina Selva y Jimena López.
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