La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) proporcionará un pago de $52.082 a desempleados hasta el 29 de agosto, de acuerdo a la terminación de su DNI.
El organismo dirigido por Fernanda Raverta confirmó el cronograma de pagos para esta ayuda, que tiene como objetivo respaldar a personas que fueron despedidas sin justa causa o por terminación de contrato.
Simultáneamente, ANSES está avanzando con la distribución de otros beneficios como la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo (AUE), jubilaciones y pensiones.
Prestación por Desempleo
La Prestación por Desempleo está disponible para trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador/a, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
La suma adiciona además dos instancias condicionales:
- Una trabajadora o trabajador permanente de al menos 6 meses, con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato,
- Una trabajadora o trabajador eventual y/o de temporada que haya trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Durante el período en que se recibe esta ayuda, las personas sin trabajo tienen derecho a Asignaciones Familiares (SUAF) y se cuenta la antigüedad para fines previsionales.
Prestación por Desempleo: cuánto tiempo se cobra
La cantidad de cuotas de la Prestación por Desempleo es entre 2 y 12 meses. Al igual que el monto, se calculan según los ingresos y meses trabajados durante los últimos 3 años.
Las personas trabajadoras mayores de 45 años reciben pagos adicionales durante 6 meses.
Aumento para Fondo de Desempleo ANSES
El monto mínimo y máximo de la asistencia se ajusta de acuerdo al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
Por lo tanto, con el último incremento escalonado del 34% en el salario mínimo, la Prestación por Desempleo también se verá incrementada.
- En agosto el monto mínimo es de $31.294 y el máximo de $52.082.
- En septiembre el monto se actualizará: el mínimo será de $32,771 y el máximo de $54,628.50.
Prestación por Desempleo: fecha de cobro
- Documentos terminados en 0 y 1: 23 de agosto.
- Documentos terminados en 2 y 3: 24 de agosto.
- Documentos terminados en 4 y 5: 25 de agosto.
- Documentos terminados en 6 y 7: 28 de agosto.
- Documentos terminados en 8 y 9: 29 de agosto.
Para conocer más fechas de cobro del organismo hay que ingresar a anses.gob.ar o argentina.gob.ar/anses.
Qué se necesita para pedir la Prestación por Desempleo
- DNI (original y copia)
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Quiénes NO pueden solicitar la Prestación por Desempleo
- Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Sean beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
- Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes:
- Servicio Doméstico.
- Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
- Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.
Cómo acceder a la Prestación por Desempleo
- Presentar el DNI y la documentación que compruebe el desempleo. Este último requisito varía según el motivo de despido. Para más información, ingresar a este enlace.
- Una vez con la documentación, pedir un turno en ANSES y presentarla de forma presencial en la oficina o acceder a Atención Virtual con el CUIL y Clave de Seguridad Social.
Los solicitantes disponen de 90 días hábiles desde que se produjo la ruptura de la relación laboral para solicitar la prestación. En caso de solicitarla después, se descontará un día de prestación por cada día hábil transcurrido.
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