Luego de que a una vecina de Punta Arenas se le prohibió izar la bandera argentina en su domicilio, surgió la inquietud en muchos ciudadanos argentinos respecto a la normativa que rige en nuestro país en estos casos. El malestar de este lado de la frontera se centra en la aplicación de normativas más benévolas en cuanto al tratamiento de insignias patrias extranjeras.
En ese sentido, muchos vecinos se quejaron debido a que es algo habitual ver estandartes de otras naciones en las calles del país sin ningún inconveniente. Pero, ¿qué dice la legislación argentina al respecto?
En primer lugar, la normativa vigente sobre la utilización de banderas extranjeras no es demasiado clara. Las leyes nacionales y provinciales se centran más en el uso protocolar del pabellón nacional, que en la regulación del uso de estandartes de otras naciones.
Sin embargo, en el año 2018 se presentó un proyecto en el Congreso de la Nación, que busca unificar la legislación existente sobre el tema. La iniciativa se titula “Ley Sistémica de Símbolos Nacionales; Emblemas y su Ceremonial” y reúne las disposiciones generales sobre el uso de los símbolos patrios.
El texto, establece en su artículo 14 los lineamientos para la utilización de banderas y símbolos extranjeros en el país.
“Las personas y entidades extranjeras pueden exhibir la bandera y escudos de sus respectivos estados en el ámbito de aplicación de esta ley, a condición de que lo hagan en conjunto con la Bandera Oficial de la Nación, la que siempre gozará de precedencia”, aclara la norma.
No obstante, este proyecto todavía no fue sancionado, por lo cual todavía existen dudas sobre el alcance y rigor de estos lineamientos que, a diferencia del país vecino, aún no son claros.
Leé más notas de La Opinión Zona Norte
Compartir esta noticia
Dejanos tu comentario