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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves el recurso extraordinario por salto de instancia, conocido como per saltum, que presentó el Gobierno de Javier Milei en la causa vinculada a la reforma laboral. La decisión implica que el expediente continuará su curso en las instancias judiciales inferiores y que el máximo tribunal no intervendrá, por el momento, en el análisis de fondo del caso.
La resolución se dictó en el expediente “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa”, iniciado por la CGT contra distintos aspectos de la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo nacional.
El fallo llevó la firma de los integrantes de la Corte Suprema y sostuvo, por unanimidad, que no estaban dadas las condiciones previstas en el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para habilitar la vía excepcional solicitada por el Estado.
Qué resolvió la Corte Suprema
En una resolución breve, el máximo tribunal señaló: “Que a juicio de esta Corte no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia”.
El recurso había sido presentado por el Estado Nacional a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, representada por la abogada Mayra Rafaela Cosentino.
La decisión de la Corte no abordó la constitucionalidad de la reforma laboral ni analizó el contenido de las normas cuestionadas. El tribunal se limitó a evaluar la admisibilidad del mecanismo procesal impulsado por el Gobierno nacional.
Qué es el per saltum
El per saltum es una herramienta excepcional que permite que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa sin que antes se agoten las instancias judiciales ordinarias.
Para que el máximo tribunal habilite esa vía, deben acreditarse circunstancias institucionales graves o situaciones de extrema excepcionalidad.
En este caso, la Corte entendió que esos requisitos no estaban configurados. Además, el expediente ya había tenido intervención de un tribunal de alzada, por lo que no correspondía habilitar el salto de instancia solicitado por el Estado Nacional.
El conflicto judicial por la reforma laboral
La causa se inició a partir de una acción declarativa promovida por la Confederación General del Trabajo contra distintos puntos de la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo.
El expediente tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°63, a cargo del juez Raúl Ojeda.
Durante las últimas semanas, el caso quedó atravesado por una discusión vinculada a la competencia judicial y al fuero que debía continuar con la tramitación.
En ese marco, la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal intimó al juez Ojeda a remitir el expediente en un plazo de 24 horas, al considerar que el conflicto de competencia ya estaba resuelto.
La decisión llegó luego de distintas actuaciones impulsadas por el Estado Nacional para acelerar una definición sobre el expediente y cuestionar la intervención del fuero laboral.
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