“Analizadas las pruebas reunidas en la causa, entiendo, que a esta altura no es posible determinar que las maniobras objeto de esta pesquisa configuren dicha conducta delictiva. Tampoco se han sumado otros elementos en el devenir de la investigación que permitan establecer que los imputados formaron parte de aquella asociación ni de sus diversos planes delictivos”, afirmó el juez Julián Ercolini en la causa que investigaba si existieron sobreprecios en la compra de Gas Natural Licuado.

Juez Ercolini.

La investigación se abrió el 20 de octubre de 2014 a raíz de las denuncias realizadas por Juan Ricardo Mussa -Presidente de la ONG ´Paso por Paso Argentina´- y por los entonces diputados de la Nación Patricia Bullrich, Laura Alonso y Federico Pinedo al día siguiente.

Según los diputados del PRO, se anoticiaron sobre la existencia de posibles actividades ilícitas vinculadas a la importación de gas natural licuado (GNL) concretadas desde el seno del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y la empresa “Energía Argentina SA” (ex ENARSA, hoy denominada Integración Energética Argentina SA –IEASA-), más las presuntas intervenciones de las empresas Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) y Dromi San Martino Consultores SA (DYSAN).

De Vido y Baratta.

Se trata de compras de ENARSA durante el período transcurrido entre los años 2008 a 2015 a los embarques con GNL que amarraron en los puertos de Escobar y Bahía Blanca y los servicios marítimo prestados. “Se ajustaron a los precios de mercado”, firmó este miércoles Ercolini.

“De esta manera, corresponde descartar la hipótesis investigativa relacionada con dichos segmentos de las maniobras defraudatorias”, sostuvo el magistrado al desestimar la denuncia que había presentado el abogado Ricardo Mussa y que en una primera instancia estuvo a cargo del juez ahora fallecido, Claudio Bonadío.

La nueva pericia confirma que los precios a los que se importó el GNL eran los precios de mercado, sin sobrecostos. De acuerdo al dictamen pericial, para los períodos 2011 y 2012 el precio facturado se condice con los precios de mercado aplicados en esa época.

Tras esa pericia clave que determinó que no existieron sobreprecios en la causa que investigaba un presunto delito en la compra de de Gas Natural Licuado, el juez Julián Ercolini dictó los sobreseimientos de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, el exministro de Planificación Julio De Vido, el exsubsecretario de Coordinación y Control, Roberto Baratta, y Daniel Cameron, secretario de Energía de la Nación.

Daniel Cameron tiene domicilio en Río Gallegos.

También fueron sobreseídos Roberto y Nicolás Dromi de las firmas Diligentia S.A. y DYSAN, y asesores del Gobierno, entre otros 15 acusados. Asimismo, Exequiel Omar Espinosa y Walter Rodolfo Fagyas, ex titulares de Enarsa; Jorge Alberto Samarin, dueño de la agencia marítima Meridian; Jorge Alberto O’Donnell, exdirectivo de Enarsa; Juan José Carbajales, ex secretario de Hidrocarburos de la Nación; José Ramón Granero, exsecretario de SEDRONAR y exgobernador de Santa Cruz; Gastón Ghioni; Nilda Clementina Munittu; Tamara Natalia Pérez Balda; Fernando Omar Salim; Alejandra Marcela Tagle; Mónica Edith Bisconti; Karina Noemí González; Flavia Analía García; y Haydeé Justa Fernández.

Ramón Granero tiene domicilio en Puerto San Julián, Santa Cruz.

Entre los argumentos que marcó el juez Ercolini se señalan que:

  • No se plasmaron irregularidades, hallazgos y/o recomendaciones vinculadas al valor de importación del fluido en trato – en el curso de la pesquisa se logró determinar – a raíz del estudio pericial realizado por los peritos de oficio Andrés Di Pelino y Eduardo Fernández, propuestos por la Facultad de Ingeniería de la UBA, conjuntamente con los expertos de parte designados- que entre los años 2013 a 2015 los precios a los que se adquirieron los embarques de GNL se ajustaron con los valores promedios a los que los distintos oferentes la empresa YPF SA documentó el contrato celebrado entre ENARSA e YPF SA de fecha 12 de noviembre de 2012; contratos de compraventa de GNL, pliegos de licitaciones y ofertas recibidas en el marco de las mismas en las que intervino YPF SA; y facturas emitidas por YPF SA a ENARSA en el marco de dicho acuerdo.
  • También, aportó las facturas finales y de adelantos, como la documentación correspondientes a cada uno de los buques que con GNL amarraron en los puertos de Escobar y Bahía Blanca durante el período 2008 a 2012.
  • La medida que dictó el magistrado benefició a la vicepresidenta, al ex ministro De Vido, a Roberto Baratta, al ex secretario de Energía, Daniel Cameron; a los ex asesores Nicolás Dromi y José Dromi, entre otros.

 

Leé más notas de La Opinión Austral