El pasado viernes 10 de septiembre a las 08:00 Hs comenzó a regir en el país la veda electoral. La misma comienza en período de 48 horas previas a las PASO de las Elecciones Legislativas 2021 en el que algunas actividades quedan limitadas o prohibidas. Entre ellas, la venta de bebidas alcohólicas.

A partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo, tres horas después de cerradas las mesas de votación.

Esta es una medida que corresponde a “antecedentes históricos”, según precisó en un reportaje Sebastián Schimmel, secretario de la Cámara Nacional Electoral: “Tiene que ver con la idiosincrasia de la sociedad. Durante muchos años tuvimos prácticas vinculadas con el acarreo de grupos de votantes, punteros reteniendo DNI. Y muchas de esas prácticas estaban vinculadas con el expendio o el suministro de bebidas alcohólicas. La ley busca prevenir esto”, aseguró el funcionario en declaraciones radiales.

Actividades prohibidas durante la veda electoral 

Las prohibiciones para la veda electoral, se encuentran detalladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral. Su plazo se extiende hasta las 21 horas del domingo 12 de septiembre, tres horas después de cerrados los comicios, que comenzarán a las 8 de la mañana. Se aplican tanto a candidatos y a los votantes, e incluyen:

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral
  • Prohibición de portar armas
  • Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias

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