La Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH), la Cámara de Empresas de Operaciones Especiales (CEOPE), el Sindicato del Personal Jerárquico de la Patagonia Austral, su par de Cuyo y el Sindicato de Petroleros Privados de Chubut, firmaron este viernes la compensación salarial que rige por un plazo de 60 días.

 

Petroleros Privados de Santa Cruz sigue rechazando el nuevo acuerdo salarial.

 

En declaraciones a La Opinión Austral, Llugdar precisó que la homologación del acuerdo no tendrá mayores inconvenientes, “para que no tenga validez alguna de las partes debe impugnar el acuerdo ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, aquí hubo acuerdo con un piso salarial garantizado del 60%”, e indicó que “quienes sí estén subiendo a trabajar, serán remunerados de la manera normal y habitual”. Se recuerda que en Santa Cruz la producción no se ha visto afectada por la pandemia, por lo que el personal de ese segmento de la actividad está excluido de este acuerdo.

 

“Trabajo va a homologar el acuerdo porque hay consenso entre las partes”

 

En tanto en la tarde de ayer, el secretario general de la Cuenca Austral, Marcelo Turchetti, adherido a la Federación Argentina Sindical de Petróleo y Gas Privados, mantenía videoconferencia con la parte empresaria. Asimismo, desde el Sindicato de Petroleros Privados de Santa Cruz señalaron a este medio que su líder gremial, Claudio Vidal, mantenía su postura de no acceder a la rebaja salarial.

 

Contexto

CEOPE y CEPH recuerdan que mediante la Ley 27.542, Argentina declaró la emergencia pública en materia económica, fiscal, tarifaria, previsional, entre otras, que se vio agravada por el brote del Covid-19. A raíz de la pandemia mundial, declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se implementó el DNU 297/2020, prorrogado por los DNU 329/20 y 355/20. Entre sus explicaciones, el empresariado apuntó a la crisis internacional de la baja histórica del precio del crudo y el congelamiento de los precios del combustible (Decreto 566/19), aduciendo que estos factores provocaron una paralización de las inversiones en todos los encadenamientos de la producción.

“Quienes no presten servicios efectivos entre el primero de abril y el 30 de mayo (60 días) se considerarán encuadrados en el artículo 223 Bis de la Ley de Contrato de Trabajo y por ello en suspensión de fuerza mayor”, por lo que serán retribuidos con una asignación mensual no remunerativa.

 

La compensación salarial está destinada al personal que por fuerza mayor hoy no tiene tareas

 

La compensación para el Sindicato de Petroleros Privados de Chubut será el equivalente al salario básico, zona, turno y una vianda ayuda alimentaria, mientras que para el Sindicato de Petroleros Jerárquicos de Cuyo y el de la Patagonia Austral -este último representado por José Llugdar– acordó que ante la “imposibilidad de determinar de forma homogénea el valor de la asignación que se desprende del artículo 223 Bis ante la ausencia de una escala salarial y la diversidad de criterios para el pago de haberes, se establece que percibirá una asignación equivalente al 60% del salario neto percibido en febrero.

Asimismo, “las partes acordaron que aquellos trabajadores que no se encuentren suspendidos por fuerza mayor, y sea posible asignarles tarea, las jornadas podrán ser reorganizadas en común acuerdo”, en este segmento hoy está incluido en su totalidad el personal de producción.

Además, las partes acordaron concretar reuniones para monitorear el cumplimiento del acuerdo y la crisis de la industria.

El 223 Bis

El pasado 15 de abril se llevó adelante la 114 Reunión Plenaria del Consejo Federal del Trabajo, allí el ministro de la Nación Claudio Moroni dijo a las autoridades laborales provinciales que se ocupen de trabajar en el artículo 223 Bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Aseguró que está previsto en la normativa que se paguen compensaciones en aquellas actividades que se vean suspendidas por fuerza mayor, se trata de una compensación no remuneratoria. “La ley administrativa puede homologar y está dentro de las facultades provinciales”, había aclarado en aquella ocasión la autoridad nacional.

Interpretación

Sin embargo, la diferencia en la interpretación no está exenta. De hecho, el sector de Claudio Vidal aduce que no corresponde una rebaja salarial en los términos que establece este artículo de la Ley de Contrato de Trabajo.

De hecho, el jueves por la tarde, la postura del sindicato tuvo un virtual respaldo del Gobierno Provincial, en una videoconferencia que se realizó en el salón blanco de la Casa de Gobierno, Río Gallegos. Estuvo el jefe de Gabinete, Leonardo Álvarez; el secretario de Petroleros Privados, Claudio Vidal, y el delegado de Río Gallegos, Pedro Luxen. Además del diputado nacional Pablo González. Online, estuvieron representantes de las Cámaras de Empresas de Operaciones Petroleras (CEOPE) y las de Exploración (CEP).

 

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