Según un estudio realizado por la Universidad de Lanús (UNLa) y el Centro de Estudios e Investigaciones Laborales (CEIL) del CONICET, sólo el 33% de las trabajadoras domésticas percibió un salario por parte de sus empleadores sin haber llevado a cabo su labor en pandemia.
En paralelo, se detalla que más de la mitad de quienes no cobraron vio empeorada su situación laboral.
La referente en Santa Cruz de la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares (OSPACP) y del gremio de este sector, Rosa Barrios, expresó en Radio LU12 AM680 las dificultades de pertenecer a este sector.
Barrios detalló al medio que, al día de la fecha, el único sindicato de empleadas domésticas representado “es el nuestro, somos las únicas que tenemos personería jurídica, como la Unión Personal de Empleadas Domésticas”. Sostuvo que, con el trabajo realizado, conocen de cerca la situación laboral de las mujeres.
La mayoría de las mujeres trabaja “en negro”, detalló Rosa Barrios.
Actualmente, según explicó en declaraciones radiales, el gremio cuenta con alrededor de 560 afiliadas distribuidas por toda la provincia, concentradas en su gran mayoría en nuestra ciudad capitalina.
En tanto, hizo hincapié en la reciente inserción de este sector en el circuito laboral, ya que la gran mayoría de sus integrantes se encuentra dentro del mercado laboral informal, es decir, “en negro”.

Por ello, no poseen denuncias laborales formales para poder llevar a cabo los procedimientos correspondientes en el caso de haber un incumplimiento de las obligaciones por parte del empleador. Pese a que existe una ley que ampara a las trabajadoras, la cual no se cumple en su totalidad.
Más conciencia
“Las empleadas saben que tienen derechos y saben que los tienen que hacer cumplir”, expresó, haciendo referencia a que cada vez son más las trabajadoras que empiezan a tomar conciencia de sus derechos dentro del mercado laboral.
La directora de la obra social expresó que la resolución ministerial establece que las empleadas domésticas pueden trabajar en el horario de 10 a 18 horas, solamente con un empleador.
Además, determina que el transporte debe estar a cargo de la contraparte, al igual que los insumos necesarios de higiene.
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