La defensa de Jorge Vera, el ex inspector de Tránsito Municipal condenado por la muerte de Rodrigo “Cokito” Oyarzo, confirmó que apelará ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz que modificó la calificación legal del caso y elevó la pena a ocho años de prisión efectiva.
El abogado defensor Jesús María Amoroso sostuvo en declaraciones a Radio LU12 AM680 que ya se encuentran analizando los fundamentos de la sentencia de casación para presentar un recurso extraordinario federal, luego de que el máximo tribunal provincial revocara la condena anterior por homicidio culposo agravado y encuadrara el hecho como homicidio simple con dolo eventual en concurso ideal con lesiones graves.
La resolución judicial fue conocida esta semana y representa un cambio de criterio respecto de la sentencia dictada anteriormente por la Cámara Criminal de la Primera Circunscripción Judicial.
La defensa cuestionó el cambio de calificación legal
Durante la entrevista radial, Amoroso señaló que la defensa considera que la modificación de la figura penal “convierte una negligencia vial en un homicidio simple” y sostuvo que, a su entender, ello “atenta contra el principio de legalidad”.
“Esto llegó a casación con una pena de cinco años por un delito culposo y ahora se convirtió en una pena de ocho años por un delito de homicidio simple”, expresó el letrado.
En ese sentido, indicó que la estrategia de la defensa será avanzar con un recurso extraordinario federal para que la causa pueda ser revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al entender que la instancia provincial ya quedó agotada con la intervención de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia.
Amoroso también remarcó que, según su interpretación, el caso debía continuar encuadrado dentro del artículo 84 bis del Código Penal, correspondiente al homicidio culposo agravado en hechos de tránsito.
El abogado mencionó antecedentes de causas viales en Santa Cruz
En la entrevista con LU12, el defensor comparó el caso de Jorge Vera con otros expedientes judiciales ocurridos en Santa Cruz y afirmó que en situaciones que describió como “más graves” se mantuvo la figura de homicidio culposo.
Entre los antecedentes mencionó un hecho ocurrido en 2007 en Río Gallegos, sobre la intersección de San Martín e Italia, donde un vehículo oficial policial protagonizó un choque en el que murieron cuatro personas.
También hizo referencia a una causa ocurrida en Gobernador Gregores, en la que un conductor profesional circulaba a alta velocidad y con alcohol en sangre, y a otro caso registrado en Puerto San Julián vinculado a una persecución policial.
Según explicó, en todos esos expedientes la calificación legal aplicada fue la de homicidio culposo agravado y no la de homicidio simple con dolo eventual.
Qué resolvió el Tribunal Superior de Justicia
El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz hizo lugar a los recursos de casación presentados por la querella y por la fiscal ante la Cámara Criminal de la Primera Circunscripción Judicial, María Verónica Zuvic.
La sentencia modificó la condena previa y resolvió condenar a Jorge Vera a ocho años de prisión efectiva por homicidio simple con dolo eventual en concurso ideal con lesiones graves.
Además, dispuso once años de inhabilitación absoluta y diez años de inhabilitación especial para conducir vehículos.
La resolución fue firmada por la presidenta del Tribunal Superior de Justicia, Reneé Fernández, y los vocales Paula Ludueña, Fernando Basanta y Romina Saúl. Alicia de los Ángeles Mercau participó de la deliberación y emitió voto.
El antecedente que destacó la querella
Tras conocerse la sentencia, los abogados querellantes Matías Solano y Karen Cader sostuvieron que el fallo fija un antecedente judicial para futuras causas vinculadas a siniestros viales.
La querella había solicitado que la conducta de Vera fuera considerada homicidio simple con dolo eventual y no homicidio culposo agravado.
De acuerdo con los fundamentos planteados durante el proceso, la acusación sostuvo que el ex inspector de tránsito conducía un móvil oficial a alta velocidad y atravesando semáforos en rojo durante la madrugada del 5 de marzo de 2023, cuando impactó contra el vehículo en el que viajaban Rodrigo “Cokito” Oyarzo y su pareja.
Como consecuencia del choque, Oyarzo murió y la acompañante sufrió lesiones graves.
Karen Cader afirmó luego del fallo que el aspecto central de la resolución judicial estuvo vinculado a “la aplicación del dolo eventual” en este tipo de hechos y consideró que la decisión “sienta bases” para futuras investigaciones y juicios.
En la misma línea, Matías Solano señaló que el cambio de calificación legal era el punto principal de la discusión jurídica y sostuvo que el fallo se suma a otros antecedentes registrados en el país tras las reformas al Código Penal vinculadas a delitos viales.
Vera permanece detenido desde el choque
Durante la entrevista radial, el abogado Jesús María Amoroso indicó que Jorge Vera permanece detenido desde el mismo día del hecho ocurrido en marzo de 2023.
El defensor señaló que, mientras avanza el proceso de apelación, analizarán los plazos procesales y las posibilidades previstas dentro de la ley de ejecución penal.
La defensa insistirá ahora ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el planteo para revertir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, que por mayoría resolvió aplicar la figura de homicidio simple con dolo eventual en el caso por la muerte de Rodrigo “Cokito” Oyarzo.
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