Los hechos se produjeron el 20 de febrero del 2020. Según la acusación, la mujer se encontraba en el domicilio de su exmarido, René Pérez Carrillo. Ambos se habían divorciado hacía dos meses, pero estaban separados de hecho hacía más tiempo.

Luego de una discusión, la acusada tomó un cuchillo carnicero de 39 centímetros de largo y acometió contra la víctima. Le propinó al menos tres puñaladas en el tórax y otras heridas en el antebrazo. Una de las puñaladas comprometió el miocardio, lo que provocó su muerte en el lugar.

Vera Vargas cumplió con prisión preventiva desde el control de su detención, pero la Corte de Apelaciones de Punta Arenas decidió liberarla. De acuerdo a lo dispuesto en el fallo, la mujer sufrió de violencia intrafamiliar en la noche de los hechos y durante toda su relación marital.

La acusada se refirió y comentó la violencia que habría sufrido el día de los hechos. “Me volvió a pegar de nuevo, en las piernas y el cuerpo. Me dio rabia y miedo, pensé que me iba a hacer algo malo”, relató entre lágrimas.

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Su defensa –asumida por la abogada Gustava Aguilar y Richard Maldonado– señala que el asesinato se justifica por el estado de necesidad defensivo.

“Cuando una mujer ha sido maltratada físicamente, psicológicamente, sexualmente e incluso violencia económica por parte del agresor, hay una manera de que ella, aun cometiendo el delito, no cumpla con ninguna sanción”, explicó el abogado Maldonado.

Según lo alegado por la defensora Aguilar, ese es el caso de la acusada. “En este juicio se conocerá la historia de una sobreviviente”, dijo. “Fue objeto de abandono y abusos desde su corta infancia, de vejámenes y malos tratos en su adolescencia. Posteriormente, en su vida de pareja, fue objeto de violencia intrafamiliar crónica, sistemática, por parte de René Pérez”, agregó.

Entre los testigos que cuenta la defensa se encuentran dos funcionarios del Retén de Agua Fresca, quienes podrían dar cuenta de denuncias acogidas. En la prueba documental exhibirán al tribunal dos condenas que tenía el fallecido por lesiones graves en contra de la mujer.

Sin embargo, el fiscal encargado del caso, Fernando Dobson, dijo en su alegato inicial que la violencia sufrida por la acusada no la exculpaba: “Las circunstancias no alcanzan a constituir un estado de necesidad exculpante que signifique que María del Pilar no deba recibir un castigo”.

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