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El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz resolvió adoptar un enfoque orientado a la reinserción social en el caso de un joven acusado de ser “dealer”, privilegiando herramientas educativas, terapéuticas y comunitarias por encima de una respuesta centrada únicamente en la sanción.
El caso tiene como protagonista a MJ Díaz, hoy de 18 años, quien se encuentra imputado en una causa vinculada a presuntos delitos previstos en la Ley de Estupefacientes. La resolución fue firmada por el juez Enrique Nicolás Baronetto y se enmarca en los principios que regulan la responsabilidad penal juvenil, contemplados tanto en la legislación argentina como en los tratados internacionales con jerarquía constitucional.
La investigación más reciente se originó el 7 de noviembre de 2024, cuando el joven fue interceptado en las inmediaciones de un centro cultural. Según la acusación fiscal, en esa oportunidad llevaba más de 50 gramos de marihuana distribuidos en bolsas tipo ziploc y frascos, circunstancia por la cual fue imputado por el presunto delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por las circunstancias del caso. Esa acusación continúa su trámite judicial y deberá ser resuelta respetando todas las garantías del debido proceso.
Sin embargo, el expediente presentaba una particularidad que terminó siendo determinante para la decisión del Tribunal. La defensa planteó la denominada “conexidad subjetiva”, una figura procesal que permite reunir distintas causas cuando involucran a una misma persona y existen elementos que justifican un tratamiento conjunto.
El planteo fue aceptado por el magistrado, quien entendió que la unificación de ambos expedientes permitirá evitar decisiones contradictorias y realizar una evaluación integral del recorrido personal, social y judicial del joven, especialmente teniendo en cuenta que parte de los hechos investigados ocurrieron cuando aún era menor de edad.
La resolución se apoya en criterios ampliamente desarrollados por el derecho internacional de los derechos humanos, particularmente en la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece que las respuestas estatales frente a adolescentes en conflicto con la ley deben orientarse prioritariamente a la educación, la reintegración social y la construcción de un proyecto de vida.
En ese marco, el Tribunal no dispuso una eximición de responsabilidad ni un cierre del proceso judicial. Por el contrario, resolvió imponer un riguroso plan de conducta cuyo cumplimiento será supervisado por la Justicia.
Las medidas establecidas abarcan distintos aspectos de la vida cotidiana del joven y buscan fortalecer aquellas herramientas que puedan favorecer su inclusión social.
Entre las obligaciones fijadas figura la reincorporación al sistema educativo. Díaz deberá retomar sus estudios y acreditar periódicamente, mediante certificados bimestrales, su asistencia y continuidad escolar.
La resolución también establece que deberá continuar desarrollando tareas comunitarias en el Hogar de Cristo “Ceferino Namuncurá“, institución ubicada sobre calle Mendoza de Río Gallegos, donde ya venía realizando actividades vinculadas al acompañamiento social.
A ello se suma la obligación de capacitarse laboralmente mediante un taller de panadería que funciona en el ámbito de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) municipal, una medida que apunta a brindarle herramientas concretas para acceder a un empleo y fortalecer su autonomía económica.
Otro de los ejes centrales del plan dispuesto por el Tribunal está vinculado al abordaje de los consumos problemáticos. El joven deberá continuar un tratamiento específico bajo seguimiento profesional, asistiendo a grupos terapéuticos especializados y manteniendo controles con un psicólogo.
Además, deberá sostener el tratamiento médico que actualmente recibe en SETRIPCO, organismo especializado en la atención de personas con consumos problemáticos, como parte de una estrategia integral que combina asistencia sanitaria, acompañamiento psicológico y seguimiento judicial.
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